Sala Superior. Segunda Sección. Acuerdo G/S2/16/2018. Se fija la Jurisprudencia VIII-J-2aS-53

Páginas286-289
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
ACUERDOS 286
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
SALA SUPERIOR
SEGUNDA SECCIÓN
ACUERDO G/S2/16/2018
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA VIII-J-2aS-53
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 75 y
76 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Admi-
nistrativo y 18, fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal
Federal de Justicia Administrativa y 18, fracción I, del Re-
glamento Interior de este Órgano Colegiado; y toda vez que
se han resuelto en el mismo sentido cinco juicios conten-
cioso administrativos, se ja la jurisprudencia número VIII-
J-2aS-53, de la Segunda Sección de la Sala Superior del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa, bajo el siguiente
rubro y texto:
FUNDAMENTACIÓN EXCESIVA DE LOS ACTOS
DE AUTORIDAD. NO IMPLICA SU ILEGALIDAD.- El
Poder Judicial de la Federación en múltiples criterios
ha profundizado en la interpretación y alcance de lo
dispuesto en los artículos 14 y 16 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como
en la obligación a cargo de la autoridad de incluir en
los actos administrativos, la cita o transcripción de los
preceptos que le coneren competencia por materia,
territorio, grado y cuantía, a efecto de respetar las ga-
rantías de legalidad y seguridad jurídica; establecien-
do, que para poder considerar un acto de molestia
como correctamente fundado, es necesario que en él

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