Sala Superior - Segunda Sección. Acuerdo G/S2/8/2018. Se fija la Jurisprudencia VIII-J-2aS-45

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Revista del tRibunal FedeRal de Justicia administRativa
acuerdos 320
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
SALA SUPERIOR - SEGUNDA SECCIÓN
ACUERDO G/S2/8/2018
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA VIII-J-2aS-45
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 75 y
76 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Admi-
nistrativo y 18, fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal
Federal de Justicia Administrativa y 18, fracción I, del Re-
glamento Interior de este Órgano Colegiado; y toda vez que
se han resuelto en el mismo sentido cinco juicios conten-
cioso administrativos, se ja la jurisprudencia número VIII-
J-2aS-45, de la Segunda Sección de la Sala Superior del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa, bajo el siguiente
rubro y texto:
SEDE DE LA AUTORIDAD DEMANDADA.- CUAN-
DO NO HAY DISPOSICIÓN JURÍDICA QUE LA
ESTABLEZCA, Y EL ACTO IMPUGNADO ES UNA
RESOLUCIÓN NEGATIVA FICTA, PUEDEN INVO-
CARSE HECHOS NOTORIOS PARA DETERMI-
NARLA (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 6 DE
DICIEMBRE DE 2007).- Conforme a las jurispruden-
cias V-J-SS-20, V-J-SS-50 y V-J-SS-57 del Pleno de
la Sala Superior de este Tribunal, ante la falta de dis-
posición que señale la sede de la autoridad demanda-
da, esta se determinará atendiendo al lugar en que se
haya expedido la resolución impugnada; sin embargo,
cuando el acto impugnado en juicio lo constituye una
resolución negativa cta, resulta materialmente impo-

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