Sala Superior. Primera Sección. Acuerdo G/S1-8/2018. Se fija la Jurisprudencia VIII-J-1aS-43

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Revista del tRibunal FedeRal de Justicia administRativa
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
SALA SUPERIOR
PRIMERA SECCIÓN
ACUERDO G/S1-8/2018
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA VIII-J-1aS-43
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 75
y 76 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Ad-
ministrativo, en relación con los artículos 18, fracción VII,
y 68 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia
Administrativa; y toda vez que se han resuelto en el mismo
sentido cinco juicios contencioso administrativos, se ja la
jurisprudencia número VIII-J-1aS-43, de la Primera Sección
de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Admi-
nistrativa, bajo el siguiente rubro y texto:
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECU-
CIÓN. ES IMPROCEDENTE EL JUICIO CONTEN-
CIOSO EN CONTRA DE ACTOS EMITIDOS ANTES
DEL REMATE, CONFORME AL PRIMER PÁRRAFO
DEL ARTÍCULO 127 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA
FEDERACIÓN, VIGENTE A PARTIR DEL 29 DE JU-
NIO DE 2006.- El primer párrafo del artículo 127 del
Código Fiscal de la Federación, establece que las vio-
laciones cometidas en el procedimiento administrati-
vo de ejecución hasta antes del remate, solo pueden
impugnarse mediante el recurso de revocación ante
la autoridad scal, hasta el momento de la publica-
ción de la convocatoria de remate, y dentro de los
diez días siguientes a la fecha de publicación de la

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