Sala Superior. Primera Sección. Acuerdo G/S1-23/2017. Se fija la Jurisprudencia VIII-J-1aS-36

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ACUERDO 367
REVISTA NÚM. 17, DICIEMBRE 2017
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
SALA SUPERIOR
PRIMERA SECCIÓN
ACUERDO G/S1-23/2017
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA VIII-J-1aS-36
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 75 y
76 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Adminis-
trativo, en relación con los artículos 18, fracción VII, y 68 de la
Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; y
toda vez que se han resuelto en el mismo sentido cinco juicios
contencioso administrativos, se ja la jurisprudencia número
VIII-J-1aS-36, de la Primera Sección de la Sala Superior del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa, bajo el siguiente
rubro y texto:
NULIDAD PARA EFECTOS. LA SENTENCIA DEBE
CUMPLIRSE EN EL PLAZO DE CUATRO MESES,
CONTADOS A PARTIR DE QUE QUEDE FIRME EL
FALLO, SO PENA DE QUE PRECLUYA EL DERE-
CHO DE AUTORIDAD PARA TAL EFECTO.- Con-
forme a los artículos 52, fracciones III, IV y párrafos
segundo y sexto y 53, de la Ley Federal de Procedi-
miento Contencioso Administrativo, la sentencia dictada
por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa que
obligue a la autoridad a realizar un determinado acto,
iniciar o reponer un procedimiento, deberá cumplirse
dentro del plazo de cuatro meses contados a partir de
que la sentencia quede rme, lo que ocurre cuando el

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