¿Sabía que al tramitar una pensión ante el IMSS puede obtener una asignación familiar o la ayuda asistencial correspondiente?

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La seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión y demás prestaciones que en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado.

Los medios de subsistencia son un conjunto de circunstancias necesarias para el sustento adecuado de la vida humana; en algunas ocasiones, dichos medios no pueden ser alcanzados por el individuo, debido a diversas circunstancias, como el caso de algún accidente o enfermedad que lo deje imposibilitado para mantenerse, o simplemente por el transcurso del tiempo, es decir, por vejez.

Por lo anterior, entre las prestaciones en dinero a que tienen derecho los asegurados ante el IMSS que obtengan una pensión por invalidez, por vejez o por cesantía en edad avanzada, la LSS considera las llamadas asignaciones familiares y ayudas asistenciales.

Estas prestaciones también se otorgan en los casos de pensiones derivadas, como la de viudez.

Las asignaciones familiares tienen por objeto aliviar la carga familiar del pensionado, cuando tiene esposa o concubina, hijos o ascendientes que dependan económicamente de él y que por consiguiente deba sostenerlos; lo que se busca con estas asignaciones es proteger al núcleo familiar.

Por otra parte, la ayuda asistencial, denominada comúnmente como "prestación por soledad", se otorga precisamente cuando el pensionado (la viuda o el viudo) no tiene familiares que dependan económicamente de él o de ella, o bien, cuando por su estado físico requiera necesariamente de atención o asistencia de otra persona; por lo anterior, el objetivo de la ayuda asistencial es apoyar al propio pensionado y no al núcleo familiar, como las asignaciones familiares.

Asignaciones familiares

Según el Diccionario jurídico sobre seguridadsocial, publicado por la Universidad Nacional Autónoma de México, las asignaciones familiares son los derechos que genera el sujeto de aseguramiento del régimen obligatorio, que al ser pensionado por invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada se le otorgará una ayuda económica por la carga familiar que representan sus dependientes económicos.

El objeto central de las asignaciones familiares es aliviar la carga familiar del pensionado, cuando tenga esposa o concubina, hijos o, en su caso, ascendientes que dependan económicamente de él, y por consiguiente, deba sostenerlos; lo que se trata es proteger al núcleo familiar del pensionado y apoyarlo como jefe de familia, con asignaciones de dinero por cada uno de los miembros de la misma.

Generalmente, al retirarse del trabajo activo el pensionado sufre una afectación en su economía familiar, ya que el monto de la pensión es inferior al último salario percibido, de tal manera que el objetivo de la asignación familiar se dirige a nivelar el presupuesto familiar deteriorado.

En términos de los artículos 59 y 138 de la LSS, las asignaciones familiares consisten en una ayuda por concepto de carga familiar que se concederá a los beneficiarios del pensionado de acuerdo con las reglas siguientes:

  1. Para la esposa o concubina del pensionado, el monto de la asignación será de 15% de la cuantía básica de la pensión.

  2. Para cada uno de los hijos, el monto de la asignación será de 10% de la cuantía básica de la pensión, siempre que se cumpla con lo siguiente:

    1. Que sean menores de 16 años.

    2. Si son menores de 25 años, siempre que demuestren estudiar en planteles del sistema educativo nacional.

    3. Sin importar la edad, cuando no puedan mantenerse por su trabajo debido a enfermedad crónica, defecto físico o psíquico.

  3. En caso de que el pensionado no tenga esposa o concubina, ni hijos menores de 16 años, se concederá una asignación de 10% para cada uno...

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