Gerardo F. Saavedra. Es absurdo que los notarios insistan en mantener el monopolio de la fe pública

AutorMauricio Orpeza Estrada
Páginas8-12

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¿Nos podría mencionar cuáles son las funciones de los corredores públicos?

Los corredores públicos desempeñamos varias funciones, la de intermediario entre oferentes y demandantes de bienes y servicios, la de perito valuador de toda clase de bienes y derechos, la de árbitro para resolver disputas, la de asesor jurídico, y la de fedatario público.

La figura de la correduría pública ha ido evolucionando, desde sus inicios su actividad de intermediación en materia mercantil se complementó muy bien con la de fedatario público ya que precisamente hacía constar las transacciones en las que intervenía, por eso es que a la palabra corredor se le agrega la de público, una denota su actividad de corretaje y la otra denota el carácter de fedatario público. De igual manera, al estar tan íntimamente ligado a los negocios, el corredor público se encargaba de asesorar a los comerciantes y de tasar o estimar el valor de gran número de bienes, motivo por el cual se le reconoce su carácter de perito valuador y de asesor. Finalmente, en 1992 la Ley Federal de Correduría Pública le otorga una función más, la de árbitro para dirimir disputas en materia mercantil, y su carácter de asesor se lo otorga como asesor jurídico, esto último en razón de que es requisito que el corredor público sea licenciado en derecho.

¿Qué se requiere para ser corredor público?

Diversos requisitos, primero para obtener la calidad de aspirante y luego para obtener la habilitación y poder ejercer como corredor público.

La ley establece que se requiere ser ciudadano mexicano por nacimiento, ser licenciado en derecho y acreditar una práctica profesional como tal de cuando menos dos años, además se debe demostrar haber practicado en alguna notaría o correduría cuando menos un año, y no haber sido condenado por la comisión de un delito intencional que tenga pena corporal. Desde luego, hay que presentar y aprobar el exámen de aspirante para posteriormente presentar y aprobar el exámen definitivo. Forzosamente se deben presentar esos exámenes, ninguno de ellos está sujeto a dispensa, en otras palabras y hablando claro, no se dan corredurías de forma directa, de regalo o por dedazo.

¿Qué tan difíciles son los exámenes?

Los exámenes son sumamente difíciles, el exámen definitivo consta de dos partes, una escrita que consiste en resolver un caso práctico, y la fase oral en la que un jurado integrado por un representante de la Secretaría de Economía, un representante del Gobernador de la entidad en donde vaya a ejercer el aspirante respectivo y un corredor público cuestionan libremente y a fondo al sustentante.

Una vez aprobado...

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