Síntesis ejecutiva

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Fiscal

"BUZON TRIBUTARIO": PLATAFORMA DEL SAT PARA REALIZAR NOTIFICACIONES Y DAR A CONOCER INFORMACION AL CONTRIBUYENTE. PROCEDIMIENTO PARA ACCEDER A EL

Recientemente, el SAT publicó en su página de Internet, www.sat.gob.mx, su nueva plataforma "Buzón Tributario", mediante el cual la autoridad podrá realizar notificaciones electrónicas, así como dar a conocer comunicados de interés para el contribuyente, invitaciones e información fiscal.

Especificamos el procedimiento para ingresar al "Buzón Tributario" y actualizar la siguiente información:

1. Correo electrónico.

2. Teléfono celular.

Además, se indican las ventajas que implica ingresar a esta nueva plataforma del SAT.

- (VEASE "TALLER DE PRACTICAS" EN LA PAGINA A17)

LEY ANTILAVADO DE DINERO, ¿SABE QUE DEBERA CUMPLIR LAS OBLIGACIONES SEÑALADAS EN ESTA LEY CON LA INFORMACION GENERADA A PARTIR DE SEPTIEMBRE?

El 17 de octubre de 2012 se publicó en el DOF la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Ley antilavado de dinero), la cual tiene por objetivo primordial proteger al sistema financiero y a la economía nacional a través de medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita. Esta ley entró en vigor el pasado 17 de julio y, entre otros aspectos, establece diversas obligaciones para las personas que realicen las actividades vulnerables señaladas en la ley, tales como presentación de avisos y restricciones al uso de efectivo; sin embargo, el cumplimiento de esas obligaciones estaba supeditado a la publicación del reglamento de dicha ley.

Al efecto, el pasado 16 de agosto, la SHCP dio a conocer en el DOF el Reglamento de la Ley antilavado de dinero, el cual entró en vigor el 1o. septiembre de 2013, con excepción de las atribuciones conferidas a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF; unidad administrativa central de la SHCP) y al SAT en el reglamento, mismas que entraron en vigor el 17 de agosto último.

Este reglamento estipula que las disposiciones relativas a la obligación de presentar avisos por parte de quienes realicen las actividades vulnerables señaladas en la Ley antilavado de dinero, así como las restricciones al efectivo, entrarán en vigor a los 60 días siguientes al inicio de la vigencia del reglamento, es decir, el 31 de octubre próximo; no obstante, los avisos mencionados contendrán la información referente a los actos u operaciones relacionados con las actividades vulnerables precisadas en la ley que hayan sido realizadas a partir del 1o. de septiembre de 2013.

Por lo anterior, comentamos los aspectos más importantes para comenzar a cumplir

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las obligaciones consignadas en la ley con la información que se genere a partir de septiembre de 2013.

- (VEASE "TALLER DE PRACTICAS" EN LA PAGINA A28)

COMPENSACION DE SALDOS A FAVOR: PUEDE EFECTUARLA EL...

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