¿En qué rubro de la declaración anual deben reflejar la PTU pagada en el ejercicio las personas físicas con actividades empresariales y profesionales?

PáginasA142-A143

Laboro como asesor en una firma de contadores públicos que proporciona servicios integrales en el área administrativa, contable y fiscal. Uno de nuestros clientes es una persona física que tributa en el régimen de las actividades empresariales y profesionales. Al analizar los papeles de trabajo de la determinación del ISR que le corresponde a esta persona en el ejercicio de 2006, observé que en ese ejercicio pagó la PTU generada en 2005, la cual entiendo debe disminuirse de la utilidad fiscal del ejercicio, a fin de determinar la utilidad gravable.

Dada la cercanía de la fecha límite para presentar la declaración anual de las personas físicas, tengo la siguiente duda en cuanto al llenado de la forma oficial 13 "Declaración del ejercicio. Personas físicas", anexo 2 "Salarios, arrendamiento, enajenación y adquisición de bienes, intereses, premios, dividendos, otros ingresos y servicios profesionales", y del Programa para presentación de declaraciones anuales de las personas físicas 2006 (Declara SAT).

Lector de Huehuetoca, Edomex

Pregunta

¿En qué rubro de la declaración anual debe reflejarse la PTU pagada del ejercicio, cuando el contribuyente percibe ingresos por la prestación de servicios profesionales?

Respuesta

El artículo 130, primer párrafo, de la Ley del ISR, especifica lo siguiente:

130. Los contribuyentes a que se refiere esta Sección, deberán calcular el impuesto del ejercicio a su cargo en los términos del artículo 177 de esta Ley. Para estos efectos, la utilidad fiscal del ejercicio se determinará disminuyendo de la totalidad de los ingresos acumulables obtenidos por las actividades empresariales o por la prestación de servicios profesionales, las deducciones autorizadas en esta Sección, ambos correspondientes al ejercicio de que se trate. A la utilidad fiscal así determinada, se le disminuirá la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR