La Revolución mexicana de 1910 y el origen de las bases del régimen económico.

AutorLuis Figueroa Díaz
CargoProfesor Investigador de tiempo completo del Departamento de Derecho, UAM-A.
Páginas399-416
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La Revolución mexicana de 1910 y el origen de las bases del régimen ec onómico pp. 399-416
La Revolución mexicana de 1910
y el origen de las bases del régimen económico
Luis Figueroa Díaz*
SU M A R I O : Introducción / I. Breve de scripción del objetivo del tema / II. El derecho
económico surg ido de la Revolución: la nueva metodología para la construc ción del
derecho / III. El plante amiento económico surgido de la Revolución / IV. El derecho
mercantil y los agente s económicos / V. El nuevo papel del Estado mexicano en la
economía / VI. Conclusione s / Bibliografía
El artículo ofre ce un panorama general
respecto de las ca racterísticas que se
incorpora n en el marco jurídico surgido
de la Revolución mexicana, desde la
perspectiva que l as bases del régimen
económico mexicano se ge neran en
la Constitución de 1917 y en leyes
subsecuentes, aú n cuando tienen como
fuentes no sólo la labor del Con stituyente
sino los antecedent es teóricos y formales
del liberalismo así c omo del positivismo.
Bajo esta tesis se auxi lia del método del
derecho económico pa ra contrastarlo con
la aparición en México del plant eamiento
para regula r la propiedad, el comercio y la
actividad eco nómica. Las peculiarida des se
observan en f unción del modelo económico
y del marco formal. Fina lmente explora las
dos vertientes má s importantes del régime n
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revolución mexicana: la regul ación de los
agentes económicos y el nuevo pap el del
Estado en la econom ía.
* Profesor Investiga dor de tiempo completo del Depa rtamento de Derec ho, UA M -A.
The article of fers a panorama about the
characterist ics integrated to the legal
framework com e up with the Mexican
Revolution from t he perspective that the
bases of the Mexica n economic regime
are made in the Const itution of 1917
and in the subseque nt laws, even when
they have as sour ce the Constituent’s
work, as well as the th eoretical and
formal backgro unds of the Liberalism
and Positivism. Un der this thesis, it is
helped by the method o f economic Law to
contrast it with the a ppearance in Mexico
of the approach to reg ulate the property,
commerce and eco nomic activity. The
peculiaritie s are observed in relation
with the economic mod el and the formal
framework . Finally, it explores the two
most important a spects of the intervening
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Mexican Revolut ion: Regulation of the
economic agents an d the new role of the
State in the economy.
Centenario de la Revolución
400 alegatos, núm. 75, México, mayo/agosto de 2010
Introducción
La Constitución de 1917 fue el principio de una nueva etapa en el desarrollo del país,
su trascendencia radica en ser la base sobre la cual habría de reformarse el siste-
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oportunidad histórica de hacer permanentes la mezcla de ideales y aspiraciones1 que
había levantado el movimiento armado durante la segunda década del siglo X X .
Si bien la Carta Fundamental fue el producto más trascendente, es también cierto
         2 que
permitieron construir un planteamiento económico general, además de que sirvie-
-
mente adaptaron los enfoques políticos de los grupos ar mados que participaron en
la contienda.
Igualmente lo es que el esquema legal anterior a la convocatoria del Congreso
Constituyente de 1917, había creado un abundante derecho con contenidos, doctri-
na y pr incipios liberales, convenientemente ajustados a las directrices del régimen
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fuera.
Concretamente, respecto de tal régimen liberal, por una parte, se contaba con
todo el bagaje cultural y político que había originado la era juarista, que contenían
los elementos integradores de la tesis de la separación Estado-clero; la substitución
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de la conformación del Estado mediante poderes equilibradores que sustentaran la
generalidad y abstracción de las fuentes jurídicas;3 aspectos todos ellos en los cuales
la mayoría de los diputados al Congreso Constituyente estaban de acuerdo y consi-
deraban como bases sobre las cuales podía construirse un nuevo orden económico.
Además existían las leyes secundarias adecuadas al pensamiento y obra eco-
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1
En el libro coordi nado por Silva Herzog, De la histor ia de México 1810-1938. Documen tos fundamenta-
les, ensayos y opiniones, México, Siglo XX I Editores, 1984, Jesús Romer o Flores, quién fuera diputado
propietario por el estado de Micho acán al Congreso C onstituyente de 1917, señala que la motiv ación de
Carran za para plantea r la necesidad de una nueva Con stitución en México, radicó en el a nálisis de que
cualquier reforma sin un a Carta Magna que la sustentara y legitim ara daría como resultado el fraca so del
sistema legal que or iginara en las leyes se cundarias.
2
Desde lue go, el Plan de Ayala, el Plan de Gu adalupe, la L ey del 6 de enero de 1915, la Ley Ag raria de
Francisco Villa y la L ey Agraria de la Sober ana Convención Revolucionaria, e ntre otros instr umentos.
3
Los postulados fundame ntales del derecho liberal mexicano qu edaron pla smados en los e nunciados de
las Leyes de Reforma y en la Constitución de 1857, cuyo artículo pr imero declar aba la protec ción de los
derechos del hombre, es decir, una visión individualista de las ga rantías; el artículo cuarto que sustentó el
régimen económico basado en la libertad de industr ia y comercio que en combinación con los artículos 28
prohibía los estancos estatales y el artículo 27 producto de las tesis de Ponciano Arriaga sobre la propiedad
privada, dond e todos ellos formaban la nueva estr uctura formal pa ra el desarrollo de una econom ía moder-
na y progresist a.

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