La SCJN resuelve sobre la constitucionalidad de las reformas a la Ley del IA para 2007, entre ellas, la relativa a la no deducción de las deudas del valor del activo

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Mediante el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de las Leyes de los Impuestos sobre la Renta, al Activo y Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos y de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, publicado en el DOF el 27 de diciembre de 2006, se modificó la Ley del IA para 2007. Entre los cambios más importantes que se realizaron a esta ley destacan los siguientes:

  1. Se eliminó la posibilidad de deducir las deudas del valor del activo del ejercicio.

  2. Para determinar los pagos provisionales del impuesto con base en el IA actualizado que hubiera correspondido en el ejercicio inmediato anterior, se eliminó la posibilidad de considerar las deudas relativas a dicho periodo.

    Estos cambios generaron diversas críticas por parte de los contribuyentes y especialistas fiscales, que propiciaron la interposición de juicios de amparo contra tales modificaciones, al considerar que contravenían las garantías de proporcionalidad y equidad tributarias contenidas en laCPEUM. Entre los argumentos que sostuvieron los contribuyentes para interponer los juicios contra la reforma para 2007 se encuentran los siguientes:

    Violentaba el principio de proporcionalidad, pues impuso la obligación de contribuir a los gastos públicos que no atendía la real capacidad económica del contribuyente, ya que al determinar la base del IA sin considerar las deudas o los pasivos contratados, no se tomaban en cuenta los elementos negativos que incidían en la obtención de esa base.

  3. No observaba el principio de proporcionalidad, ya que consideró que dos sujetos del impuesto que no se encontraban en igualdad de condiciones tenían la misma capacidad tributaria, pues si un contribuyente que tenía activos y carecía de deudas, y otro de ellos tenía el mismo activo y en adición poseía deudas por la adquisición del bien, el segundo debía...

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