La justicia restaurativa en el derecho penal juvenil español
Autor | Tomás Montero Hernanz |
Cargo | Jurista del Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias |
Páginas | 89-103 |
89
La justicia restaurativa
en el derecho penal juvenil español
Tomás Montero Hernanz*
Sumario: I. Introduccion. II. La mediacion en las normas internacionales. III. La me-
diacion en la legislación penal juvenil española. IV. La intervención mediadora como
herramienta de trabajo en los centros de internamiento. V. Documentación consultada.
I. Introducción
-
alcanzar un acuerdo satisfactorio para ambas o como “una forma de arreglar
ambos”1.
En el ámbito de la justicia juvenil la mediación se inserta dentro de la
llamada justicia reparadora o restauradora que busca instaurar nuevas y más
fructíferas relaciones entre los dos protagonistas del sistema penal, con inicia-
tivas de reconciliación entre la víctima y el infractor, mediante programas de
mediación y reparación, entendidos como una manifestación del principio de
oportunidad en aras a la desjudicialización de la justicia penal, en determina-
dos supuestos.
El principio de oportunidad aparece en el proceso penal juvenil íntima-
mente ligado con el principio de intervención mínima, con el objeto de evitar
Penitenciario en la Escuela de Práctica Jurídica de Valladolid. Director de RJR Revista de
Justicia Restaurativa
1 Stangeland, P.: “El papel del criminólogo en la cooperación internacional”, en Modernas
tendencias en la ciencia del Derecho Penal y la Criminología, UNED, Madrid 2001.
Criminog10_130521.indd 89 22/05/13 21:36
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba