Respecto a la Declaración Universal de los Derechos Humanos

AutorEtehel Servín Aranda
Páginas71-72
Centro de Estudios 71
A los cincuenta y nueve años de la
Declaración Universal de los Dere-
chos Humanos y con más de una
generación de personas que han
nacido y crecido bajo su manto,
los retos a los que se enfrenta la
Organización de Naciones Unidas
-como organismo encargado de
promover el respeto a los derechos
a través de medidas progresivas de
carácter nacional e internacional-
sobrepasan su capacidad misma.
Sin embargo, lo que es más difícil
todavía, es el hecho de hacer de la
Declaración una realidad asequible
a millones de seres humanos que
son víctimas de la guerra, el ham-
bre, el rezago, la discriminación y
demás factores que impiden un de-
sarrollo digno.
La Declaración Universal de los
Derechos Humanos emitida el 10
de diciembre de 1948 posee un ca-
tálogo de derechos que deben ser
promovidos por los Estados; no
obstante, para muchos gobiernos
éstos se han convertido en criterios
para medir la orientación y nivel
de los sistemas políticos vigentes,
donde las estadísticas refi eren a un
mundo que dista -en ocasiones- de
la realidad. Así, la Declaración nos
lleva a pensarla como un ‘ideal co-
mún de la humanidad’ expresado
positivamente y sujeto a cuestiones
políticas y jurídicas.
El contenido de este documento
está legitimado tras haber alcanza-
do ‘cierto’ consenso entre los Esta-
dos convocados; no obstante -y pese
a las buenas intenciones-, no deja
de ser una visión individualista-eu-
ropea de derechos, que trata de ser
aplicada en la universalidad. Si par-
timos de este criterio podemos de-
cir que la realización y efi cacia de la
Declaración -como un mecanismo
contextualizado en tiempo y forma
derivado de una problemática his-
tórica específi ca digna de ser to-
mada en consideración- debe am-
pliarse y complementarse a través
de dos formas por principio. Uno,
con las visiones y concepciones de
los países islámicos, hindú, africa-
nos y orientales. Cuya cosmovisión
también contempla la existencia de
sus propios códigos, costumbres y
versiones particulares de derechos
humanos, y que a diferencia de la
concepción occidental, priorizan
las obligaciones por encima de los
derechos, el reconocimiento y au-
tonomía de sus pueblos y tribus
étnicas. Dos, con los demás ins-
trumentos que han derivado de la
RESPECTO A LA DECLARACIÓ N UNIVERSA L DE LOS
DERECHOS H UMANO S
Etehel Servín Aranda

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