Resoluciones favorables del SAT de agosto de 2015

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De acuerdo con el artículo 34 del CFF, las autoridades tributarias están obligadas a contestar las consultas que sobre situaciones reales y concretas les hagan los interesados individualmente.

Asimismo, las autoridades deberán contestar las consultas en un plazo de tres meses contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud respectiva.

Además, el SAT publicará mensualmente un extracto de las principales resoluciones favorables a los contribuyentes.

Al efecto, el SAT dio a conocer en su página de Internet cuatro resoluciones favorables en materia de IVA, correspondientes a agosto de este año; de esas resoluciones, transcribimos la siguiente:

Fecha, tema y subtema Antecedentes Considerandos Resolutivos
14-agosto-2015. Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA). Tasa aplicable. · Que XXX fabrica y comer-cializa el producto denominado "plástico para invernadero hidropónico", el cual se utiliza como equipo integrado a invernaderos hidropónicos.
· Que el plástico que fabrica su representada sirve para proteger a los cultivos, que se desarrollan en invernaderos hidropónicos, de diferentes elementos naturales, como es el medio ambiente, diferentes tipos de plagas, brinda las condiciones adecuadas a los cultivos y cuenta con un tratamiento con protección Ultra violeta para mayor duración.
· Que los invernaderos hidropónicos son estructuras recubiertas de plásticos
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 31, fracción IV establece la obligación de los mexicanos de contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
Por otro lado, el artículo 5 del Código Fiscal de la Federación, señala que las disposiciones que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan infracciones y sanciones, son de aplicación estricta, es decir, las autoridades fiscales se encuentran obligadas
Primero.
Se confirma el criterio de XXX en el sentido de que la enajenación en territorio nacional del producto denominado "plástico para uso en invernadero hidropónico" se encuentra sujeto a la tasa del 0% del impuesto al valor agregado y exento en su importación en términos de artículos 2-A, fracción I, inciso g) y 25, fracción III de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, siempre y cuando dicho producto se integre al invernadero y cumpla su función de manera autónoma o en su conjunto con el invernadero para producir la temperatura y humedad de forma controlada; o bien, proteger los cultivos de los elementos naturales.

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Fecha, tema y subtema Antecedentes Considerandos Resolutivos
transparentes o lechosos que se encuentran expuestas a los rayos del sol, que la estructura debe proteger las cosechas contra lluvia, viento nieve u otros fenómenos naturales y permitir el control del clima interno.
· Que la cosecha realizada dentro de invernaderos con clima regulado permite la producción y el suministro de vegetales durante todo el año, con una producción de vegetales de muy alta calidad y mejor presentación, mayor aportación agrícola y menor uso de pesticidas.
· Que la mercancía objeto de la consulta se utiliza para controlar la radiación solar, así como para reducir la transmisión de luz y calor durante todo el día en los cultivos que se producen en invernaderos hidropónicos, además de que contienen una barrera infra-rroja que previene el escape de calor en la noche.
· Que esa mercancía fue diseñada para controlar la cantidad de luz en los cultivos, ofrece sombra y protección contra
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