Resolución que modifica a la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la secretaríA de hacienda y crédito Público

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Publicada en el D.O.F. del 24 de marzo de 2010

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Con fundamento en los artículos 16 y 31, fracción XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 144, fracción XIII de la Ley Aduanera, y 1o., 4o. y 6o., fracción XXXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, esta Secretaría resuelve expedir la siguiente:

RESOLUCION que Modifica a la Diversa que Establece el Mecanismo para Garantizar el Pago de Contribuciones en Mercancías Sujetas a Precios Estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

ARTÍCULO PRIMERO

Se ADICIONA el Artículo Décimo a la Resolución que establece el Mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 1994 y sus posteriores modificaciones, para quedar de la siguiente forma:

"DECIMO. El Anexo 2 de la presente Resolución no es aplicable a las importaciones de vehículos que tengan un peso bruto vehicular inferior o igual a 8,864 kilogramos, si su número de serie o año-modelo tiene una antigüedad igual o mayor a 30 años respecto al añomodelo vigente."

ARTÍCULO SEGUNDO

Se REFORMA el Anexo 2 de la Resolución que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de febrero de 2005 y sus posteriores modificaciones.

DISPOSICION TRANSITORIA 2010

Publicada en el D.O.F. del 24 de marzo de 2010

UNICA. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente

México, D.F., a 2 de marzo de 2010. En ausencia del C. Secretario de Hacienda y Crédito Público y del C. Subsecretario del Ramo, y con fundamento en el...

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