Resolución que modifica a la diversa que establece el Mecanismo para Garantizar el Pago de Contribuciones en mercancías sujetas a Precios Estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicada el 29 de marzo de 2002

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas1073-1075

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Con fundamento en los artículos 16y 31 fracción XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 42 fracción VI del Código Fiscal de la Federación; 36 fracción I inciso e), 43, 86-A fracción 1, 144 fracción XIII y 158 de la Ley Aduanera, y 1o., 4o. y 6o. fracción XXXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, esta Secretaría resuelve expedir la siguiente:

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA A LA DIVERSA QUE ESTABLECE EL MECANISMO PARA GARANTIZAR EL PAGO DE CONTRIBUCIONES EN MERCANCÍAS SUJETAS A PRECIOS ESTIMADOS POR LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 29 DE MARZO DE 2002 Primero.- Se adiciona lafracción arancelaria que a continuación se indica al Anexo I de la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de marzo de 2002 y sus posteriores modificaciones publicadas en ese mismo órgano de difusión.

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FRACCIÓN ARANCELARIA DESCRIPCIÓN UNIDAD COMERCIAL PRECIO ESTIMADO (DOLARES E.U.A. POR UNIDAD COMERCIAL)
8523.90.02 Discos de escritura (conocidos como CD-R), para sistemas de lectura por rayo láser.
a) CD-R sin grabar, de 120 mm de diámetro con capacidad nominal hasta 80 min/735 Mb. Pza. 0.223

Segundo.- Se modifica el texto de la siguiente fracción arancelaria contenida en el Anexo I de la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de marzo de 2002 y sus posteriores modificaciones publicadas en ese mismo órgano de difusión.

FRACCIÓN ARANCELARIA DESCRIPCIÓN UNIDAD COMERCIAL PRECIO ESTIMADO (DOLARES E.U.A. POR UNIDAD COMERCIAL)
7306.30.01 Galvanizados, excepto lo comprendido en la fracción 7306.30.02.

Tercero.- Se deroga la mención a la fracción arancelaria 8523.90.99, que se hace en el Anexo I de la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de marzo de...

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