Resolución que modifica a la diversa que establece el Mecanismo para Garantizar el Pago de Contribuciones en mercancías sujetas a Precios Estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y su Anexo

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas1043-1046

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Con fundamento en los artículos 16 y 31 fracción XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 42 fracciones II y VI del Código Fiscal de la Federación; 36 fracción I inciso e), 43, 144 fracción XIII y 158 de la Ley Aduanera y 1o., 4o. y 6o. fracción XXXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y

CONSIDERANDO

Que la Resolución que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, fue publicada el 28 de febrero de 1994.

Que es conveniente aclarar las condiciones aquese debe sujetar lafianza que garantiza el pago de las contribuciones, así como los procedimientos para su cancelación, con el fin de atender a las necesidades de simplificación y seguridad jurídica de los usuarios.

Por lo que he tenido a bien expedir la siguiente:

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA A LA DIVERSA QUE ESTABLECE EL MECANISMO PARA GARANTIZAR EL PAGO DE CONTRIBUCIONES EN MERCANCÍAS SUJETAS

A PRECIOS ESTIMADOS POR LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO Y SU ANEXO Primero.- Se REFORMAN los artículos primero, primer párrafo; segundo; tercero; cuarto, primer párrafo, incisos a) y c) y segundo párrafo; sexto y séptimo, se ADICIONAN los artículos primero, tercer párrafo y cuarto, últi-

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mo párrafo, y se DEROGA el artículo quinto de la Resolución que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 1994, para quedar como sigue:

"Primero.- Las personas que importen en definitiva mercancías que sean de las que se mencionan en el Anexo de la presente Resolución y declaren un valor inferior al señalado en dicho Anexo, deberán acompañar al pedimento de importación que corresponda, fianza a favor de la Tesorería de la Federación que cumpla con los requisitos correspondientes para su aceptación, expedida por institución autorizada, mismaque no gozará de los beneficios de orden y excusión. Dicha fianza deberá tener una vigencia no menor de un año.

Lafianzatiene como objeto garantizar a la Secretaría de Hacienday Crédito Público el pago de las contribuciones aque pueda estar sujeta la importación definitiva de las...

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