Resolución del H. Consejo de Representantes de la Quinta Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (DOF 3/II/2009)

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas573-579
Re so lu ción del H. Con se jo de Re pre sen tan tes de la
Quin ta Co mi sión Na cio nal para la Par ti ci pa ción de los
Tra ba ja do res en las Uti li da des de las Empre sas
(DOF 3/II/2009)
RESOLUCION DEL H. CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA
QUINTA COMISION NACIONAL PARA LA PARTICIPACION DE LOS
TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS
En la Ciu dad de Mé xico, Dis trito Federal, sien do las doce horas del día
veintiocho de enero de dos mil nueve, es tando pre sentes los CC. Miem bros
del H. Con se jo de Re pre sen tan tes de la Quin ta Co mi sión Na cio nal para la
Par ti ci pa ción de los Tra ba ja do res en las Uti li da des de las Empre sas, en el
domicilio ubi cado en Doc tor José María Vértiz nú mero 211, ter cer piso, Co -
lo nia Doc to res, De le ga ción Cuauh moc, pro ce den ade ter mi nar el por cen -
ta je en el que par ti ci pa rán los tra ba ja do res en las uti li da des de las em pre sas
du ran te los pró xi mos años, to man do encon si de ra ción elInfor me Finalde la
Dirección Téc nica y demás ele mentos de jui cio; visto el con tenido de éstos,
se en cuentran en ap titud para re solver al tenor de lo si guiente:
RESULTANDO
1o.- La fracción IX, del aparta do A, del artícu lo 123 de la Consti tución
Política de los Estados Unidos Mexica nos, estable ce el derecho de los
trabajadores a parti cipar en las utili dades que se generen en las empre sas
en las que presten sus servi cios, toman do como base la renta grava ble, de
conformidad con las dispo siciones de la Ley del Impues to sobre la Renta.
2o.- Los artícu los 123 Consti tucional, 117 y 575 de la Ley Federal del
Trabajo, señalan que los traba jadores parti ciparán en las utili dades de las
empresas, de confor midad con el porcen taje que deter mine la Comisión
Nacional para la Participación de los Traba jadores en las Utili dades de las
Empre sas.
3o.- El inciso c), de la fracción IX, del aparta do A, del artícu lo 123 Consti -
tucional, así como los artículos 119, 575, 587, 588 y 589 de la Ley Federal del
Trabajo, contem plan que la misma Comisión podrá revisar el porcen taje
fijado por convo catoria expedi da por el Secre tario del Traba jo y Previ sión
Social, cuando existan estudios e investigaciones que lo justi fiquen, o bien,
a solici tud de los sindi ca tos, federa cio nes o confe de ra cio nes de traba ja do -
res o de los patro nes, la cual no podrá ser presen tada sino después de
transcurridos diez años de la fecha en que hubie se sido desechada o
resuelta la anterior solici tud.
4o.- El 11 de febre ro de 2008, con funda mento en lo dispues to en el
inciso c) de la fracción IX, del Aparta do A, del artícu lo 123 de la Consti tución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 117, 119, 575,
587, fracción II, incisos a), b), c) y d) y demás relativos y aplicables de la Ley
Federal del Traba jo, el Congre so del Traba jo solici tó la revisión del porcen -
taje en que parti cipan los traba jadores en las utili dades de las empre sas y,
573 RPTU

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