Residuos peligrosos

Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley se entiende por:

Residuos peligrosos: Todos aquellos residuos, en cualquier estado físico, que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológico-infecciosas, representen un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente;

Legislacion: Ley General del Equilibrio Ecológico y la...

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