¿Qué requisitos se deben cumplir para solicitar ayuda para gastos de matrimonio?

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¿Qué requisitos se deben cum-
plir para solicitar ayuda para
gastos de matrimonio?
Laboro como auxiliar de recursos
humanos en una empresa que
presta servicios de seguridad
privada. Hace algunos días, un
trabajador me comentó que
contraerá matrimonio y que tiene
intención de solicitar la ayuda que
otorga el IMSS al respecto. Me
preguntó qué requisitos hay que
cumplir.
Lector de Mérida, Yucatán
¿Qué requisitos se deben cumplir
para solicitar ayuda para gastos de
matrimonio?
Según el artículo 165 de la LSS, el
asegurado tendrá derecho a retirar
de la subcuenta de retiro, cesantía
en edad avanzada y vejez de la
Afore, como ayuda para gastos de
matrimonio, una cantidad equivalen-
te a 30 días de la UMA.
Para ello, deberá reunir los requisi-
tos siguientes:
1. Tener acreditadas a la fecha
de celebración del matrimonio,
un mínimo de 150 semanas de
cotización en el seguro de retiro,
cesantía y vejez.
2. En caso de haber contraído
matrimonio antes, comprobar con
documentos fehacientes la muerte
de la persona que registró como
cónyuge en el instituto o en su
caso, exhibir el acta de divorcio.
3. Que el cónyuge no haya sido re-
gistrado antes en el IMSS como
esposa o esposo.
Por su parte, conforme a la página
de Internet del IMSS, para solicitar
la ayuda para gastos de matrimonio
son necesarios los documentos
siguientes:
1. Identificación oficial, con foto-
grafía y firma; en caso de extran-
jeros, pasaporte vigente o forma
migratoria.
2. Copia certificada del acta de
matrimonio y copia fotostática
para su cotejo.
3. Documento que contenga el
número de seguridad social del
asegurado.
4. Ultimo estado de cuenta de la
Afore que administre la cuenta
individual del interesado.
5. CURP del asegurado.
6. Si antes se registró a otro
cónyuge o concubina ante el
IMSS, el asegurado deberá
exhibir el acta de defunción
del cónyuge o de la concubina
o del concubinario, o bien, el
acta de divorcio o la declara-
ción escrita bajo protesta de
decir verdad de que el concubi-
nato terminó.
Estos documentos deberán presen-
tarse en copia certificada y copia
fotostática para cotejo.
Consultas de
nuestros lectores
SEGURIDAD
SOCIAL
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1a. quincena
febrero 2020
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