¿Qué requisitos debe reunir el pliego de peticiones para el inicio de procedimiento a huelga?

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¿Qué requisitos debe reunir
el pliego de peticiones para
el inicio de procedimiento a
huelga?
Soy gerente de recursos hu-
manos en una empresa que
se dedica a la elaboración de
alimentos para mascotas. Re-
cientemente, se inició la revisión
del contrato colectivo entre el
patrón y el sindicato de trabaja-
dores. Debido a que no se llegó
a un arreglo entre las partes, el
sindicato ha decidido emplazar a
huelga a la empresa. Un colega
me comentó que para iniciar el
procedimiento a huelga es nece-
sario que el sindicato presente
un pliego de peticiones ante la
Junta de Conciliación y Arbi-
traje. Ignoro si es verdad y qué
requisitos debe reunir el pliego
de peticiones.
Lector de Monterrey, Nuevo León
lugar distinto al en que resida la
Junta, el escrito podrá presentar-
se a la autoridad del trabajo más
próxima o a la autoridad política
de mayor jerarquía del lugar de
ubicación de la empresa o es-
tablecimiento. La autoridad que
haga el emplazamiento remitirá
el expediente, dentro de las
veinticuatro horas siguientes, a la
Junta de Conciliación y Arbitraje;
y avisará telegráfica o telefónica-
mente al Presidente de la Junta.
III. El aviso para la suspensión
de las labores deberá darse,
por lo menos, con seis días de
anticipación a la fecha señala-
da para suspender el trabajo y
con diez días de anticipación
cuando se trate de servicios
públicos, observándose las dis-
posiciones legales de esta Ley.
El término se contará a partir
del día y hora en que el patrón
quede notificado.
Según se observa, es necesa-
rio que para iniciar la huelga el
sindicato presente un pliego de
peticiones, el cual deberá cum-
plir los requisitos mencionados.
¿Qué requisitos debe reunir el
pliego de peticiones para el ini-
cio de procedimiento a huelga?
Al respecto, el artículo 920 de la
LFT dispone lo siguiente:
920. El procedimiento de huelga
se iniciará mediante la presen-
tación del pliego de peticiones,
que deberá reunir los requisitos
siguientes:
I. Se dirigirá por escrito al patrón
y en él se formularán las peticio-
nes, anunciarán el propósito de ir
a la huelga si no son satisfechas,
expresarán concretamente el
objeto de la misma y señalarán el
día y hora en que se suspende-
rán las labores, o el término de
prehuelga.
II. Se presentará por duplica-
do a la Junta de Conciliación y
Arbitraje. Si la empresa o esta-
blecimiento están ubicados en
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