Representación de las minorías étnicas

AutorRaúl Ávila Ortiz
Cargo del AutorDoctor en derecho y maestro en estudios latinoamericanos.
Páginas693-708
XXVII. REPRESENTACIÓN DE LAS MINORÍAS ÉTNICAS
RAÚL ÁVILA ORTIZ*
1. INTRODUCCIÓN
En los países de América Latina ha tenido lugar en los últimos dos dece-
nios un amplio y profundo proceso de democratización, cuyo núcleo ha si-
do el sistema electoral y, en menor medida, en el marco de la trilogía que
integra el sistema político (Nohlen, 1999), el sistema de gobierno y el siste-
ma de partidos. Al mismo tiempo, en la región se ha venido produciendo
un profundo cambio en el ámbito de las corrientes y movimientos sociales
y políticos, particularmente de las minorías, los cuales progresivamente se
expresan como nuevos actores políticos en la institucionalidad democráti-
co constitucional.
En efecto, a diferencia de los años previos a la década de 1990 y debi-
do, en parte, a las profundas transformaciones internacionales que desde
entonces han venido acaeciendo, asistimos en los últimos dos lustros a una
notoria vigorización de la filosofía y la acción en torno a la plurietnicidad
y el multiculturalismo. Este hecho ha obligado al Estado Constitucional de
filiación liberal, no sólo en América Latina, a ajustar sus estructuras e ins-
tituciones para acomodar tales demandas, lo que expresa una política del
reconocimiento identitario (Taylor, 1992).
El objeto del presente trabajo, inspirado en el avance expuesto por Su-
sana Sotoli en la primera edición de este Tratado, consiste en presentar una
aproximación comparativa que dé cuenta de la forma en que los estados
constitucionales democráticos latinoamericanos están regulando e inten-
tando garantizar sus derechos políticos, en especial los derechos electorales
y, específicamente, el derecho de voto pasivo (expresado en salvaguardas
para la integración de órganos de representación política, especial, pero no
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* El autor agradece a Donna Lee van Cott y Lourdes Morales sus valiosas observaciones y
sugerencias a versiones preliminares del capítulo; y a Héctor Dávalos y Yuri Zuckermann el
apoyo técnico brindado durante su preparación.
exclusivamente legislativas) a una de las minorías más relevantes de la re-
gión: las minorías étnicas de origen prehispánico.
El texto incluye, primero, una referencia al plano filosófico y teórico,
político y jurídico en que se debaten los llamados “derechos étnicos”, en
general, y los derechos étnico-políticos, en particular; segundo, se ofrece
una delimitación conceptual respecto a los derechos político-electorales en
estudio, a la vez que una precisión en torno a la noción de “minorías étni-
cas”; tercero, se presentan algunas tipologías que integran el mapa actual
de los principales derechos políticos de minorías étnicas vinculados a la re-
presentación política y consagrados en los ordenamientos constitucionales
y legales latinoamericanos; cuarto, se desglosan los casos y la evidencia que
informan la tipología; y, quinto, se plantean hallazgos y conclusiones infe-
ridos de la información analizada.
2. EL DEBATE FILOSÓFICO Y TEÓRICO SOBRE EL MULTICULTURALISMO
En la literatura relevante sobre el tema de las minorías y el multicultu-
ralismo destacan cuatro etapas a lo largo de las cuales se han respondido
y están pendientes de contestar diversas preguntas de investigación. La pri-
mera etapa giró en torno a la oposición entre liberalismo y multiculturalis-
mo en tanto nueva forma de discusión entre individualismo vs. comunita-
rismo o colectivismo cultural, y continúa pendiente la cuestión del estatus
de los grupos iliberales en las democracias liberales; la segunda se concen-
tró en el papel de la cultura y la identidad dentro de las tradiciones libera-
les (y la existencia de “naciones cívicas” y “naciones étnicas” que impulsan,
respectivamente, “culturas societarias” y “culturas etnitizadas”,1en sus
estrategias de dominación) y subsiste la tensión entre libertad y cultura; la
tercera hace énfasis en la relación entre multiculturalismo y los procesos
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1Kymlicka (2002: 32), citando a Pfaff e Ignatieff, precisa que “las naciones étnicas toma-
rían la reproducción de una cultura y de una identidad etnonacional en particular como uno
de sus objetivos más importantes”, mientras que las naciones cívicas “serían neutrales respec-
to a las identidades etnoculturales de sus ciudadanos, y definirían la pertenencia nacional
puramente en términos de adhesión a ciertos principios de democracia y justicia”. Según el
autor (2002: 33), se entiende por cultura societaria “una cultura territorialmente concentra-
da, basada en una lengua compartida que es usada en un amplio abanico de instituciones so-
ciales, tanto en la vida pública como privada (escuelas, medios de comunicación, derecho,
economía, gobierno, etc.)” y que es plural e incluyente, sobre todo ante la diversidad cultural
y étnica, contrariamente a las culturas etnitizadas.

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