Renta. VII-P-2aS-284

Páginas500-501
500
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
RENTA
VII-P-2aS-284
DOBLE TRIBUTACIÓN.- APLICACIÓN OBLIGATORIA DE LOS
COMENTARIOS AL MODELO DE LA OCDE.- El artículo 35 del Có-
digo Fiscal de la Federación permite a los funcionarios fi scales facultados,
emitir criterios para la aplicación de las disposiciones fi scales; los cuales,
si son publicados en el Diario Ofi cial de la Federación, derivan derechos
para los particulares. Así, tenemos que si se publicó en el Diario Ofi cial de
la Federación, que los Comentarios al Modelo de la OCDE para Evitar la
Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal, son obligatorios para las au-
toridades fi scales en la interpretación de los tratados celebrados por México,
siempre que sean congruentes con dichas disposiciones y correspondan a
las explicaciones técnicas emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, éstos podrán ser invocados por los particulares, para la debida in-
terpretación y aplicación de los tratados para evitar la doble imposición en
los que México sea parte.
PRECEDENTES:
III-PS-II-251
Juicio de Nulidad No. 100(20)33/97/20328/96.- Resuelto por la Segunda
Sección de la Sala Superior del Tribunal Fiscal de la Federación, en sesión
de 13 de enero de 1998, por unanimidad de 4 votos con la ponencia mo-
difi cada.- Magistrado Ponente: Luis Carballo Balvanera.- Encargado del
Engrose: Magistrado Rubén Aguirre Pangburn.- Secretaria: Lic. Susana
Ruíz González.
(Tesis aprobada en sesión de 24 de febrero de 1998)
R.T.F.F. Tercera Época. Año XI. No. 126. Junio 1998. p. 302
Fe de Erratas. R.T.F.F. Cuarta Época. Año I. No. 1. Agosto 1998. p. 125
VII-P-2aS-27
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 4028/10-11-02-2/897/11-S2-07-
04.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR