Renta gravable para la participación de utilidades a los trabajadores de las personas físicas que tributan en el régimen de incorporación fiscal

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas230-231

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Concepto

Para estos contribuyentes, la renta gravable que sirve de base para determinar la participación de utilidades a los trabajadores será la utilidad fiscal que resulte de la suma de las utilidades fiscales obtenidas en cada bimestre del ejercicio de que se trate.

De los ingresos acumulables de cada uno de los bimestres del ejercicio de que se trate, se disminuirán las cantidades no deducidas por concepto de pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador, hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor de 0.53 o 0.47, según sea el caso, al monto de dichos pagos.

Se aplicará el factor de 0.53 cuando las prestaciones otorgadas por los contribuyentes a favor de sus trabajadores que a su vez sean ingresos exentos para dichos trabajadores, en el ejercicio de que se trate, disminuyan respecto de las otorgadas en el ejercicio inmediato anterior; de lo contrario, se aplicará el factor de 0.47.

Determinación

  1. Fórmula para su obtención

Utilidad fiscal obtenida en el bimestre enero-febrero del ejercicio de que se trate

(+) Utilidad fiscal obtenida en el bimestre marzo-abril del ejercicio de que se trate

(+) Utilidad fiscal obtenida en el bimestre mayo-junio del ejercicio de que se trate

(+) Utilidad fiscal obtenida en el bimestre julio-agosto del ejercicio de que se trate

(+) Utilidad fiscal obtenida en el bimestre septiembre-octubre del ejercicio de que se trate

(+) Utilidad fiscal obtenida en el bimestre noviembre-diciembre del ejercicio de que se trate

(=) Renta gravable para PTU

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2. Ejemplo de su obtención

Utilidad fiscal obtenida en el bimestre enero-febrero del ejercicio de 2015 12,000

(+) Utilidad fiscal obtenida en el bimestre marzo-abril del ejercicio de 2015 14,000

(+) Utilidad fiscal obtenida en el bimestre mayo-junio del ejercicio de 2015 13,000

(+) Utilidad fiscal obtenida en el bimestre julio-agosto del ejercicio de 2015 11,000

(+) Utilidad fiscal obtenida en el bimestre septiembre-octubre del ejercicio de 2015 15,000

(+) Utilidad fiscal obtenida en el bimestre noviembre-diciembre del ejercicio de 2015 16,000

(=) Renta gravable para PTU del ejercicio de 2015 81,000

Fundamento

LISR

28.-.............................................................................................................................

XXX. Los pagos queasu vez sean ingresos exentos para el trabajador, hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor de 0.53 al monto de dichos pagos. El factor a...

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