Relación individual de trabajo. Conozca las causas por las que puede extinguirse

Páginas1-8

Page 1

Introducción

Durante el tiempo en que el trabajador se encuentre al servicio del patrón ejecutará sus actividades en la forma, el tiempo y el lugar señalados por este último y tendrá el derecho a disfrutar de las prestaciones consignadas en el contrato y en la LFT.

Pero el vínculo laboral puede llegar a su término, pues cada una de las partes tiene plena libertad para concluirlo en cualquier momento, ya sea justificando su proceder con alguna de las causales que consignan los artículos 47 y 51 de la LFT o de manera injustificada, o bien, al presentarse los supuestos que expresamente indica el artículo 53 de la ley de la materia.

No obstante, el patrón deberá reconocer la forma como se extinguió la relación laboral, para después determinar si el trabajador tiene derecho a percibir una indemnización, o sólo un finiquito.

Dada la importancia que reviste el tema y el impacto que ocasiona en las empresas y en los trabajadores, a continuación se analizan las disposiciones aplicables a la extinción individual de la relación laboral.

Extinción de la relación laboral

Según la LFT, el término de la relación laboral puede ser como sigue:

[VER PDF ADJUNTO]

Page 2

Terminación de la relación laboral

En términos laborales, implica la disolución de las relaciones laborales; podrá ser por mutuo consentimiento o como consecuencia de la interferencia de un hecho que esté fuera de la voluntad de los trabajadores y de los patrones, y que haga imposible su continuación.

Conforme al artículo 53 de la LFT, la terminación de la relación laboral ocurre por alguna de las causas siguientes:

1. El mutuo consentimiento de las partes (renuncia del trabajador).

2. La muerte del trabajador.

3. La terminación de la obra o el vencimiento del término o inversión del capital.

4. La incapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta del trabajador que haga imposible la prestación del trabajo.

5. En el caso de las relaciones colectivas de trabajo; al respecto, el artículo 434 de la LFT señala las causas de terminación colectiva.

Normas por observar en la terminación de la relación laboral

Cuando se presente la terminación de la relación laboral es indispensable que el patrón se allegue de todas las pruebas que la soporten, pues no se debe olvidar que en materia de juicios laborales es una práctica común que la parte patronal asuma la carga probatoria, por considerar que ésta es quien dispone de los mejores elementos para comprobar los hechos propios de tal relación, porque según el artículo 804 de la LFT, el patrón está obligado a conservar y exhibir ciertos documentos relacionados con la relación laboral.

Por lo que es de trascendencia que todos los documentos que amparen la terminación de la relación laboral sean conservados por el patrón, ya que ante un conflicto laboral serán prueba del cumplimiento de las disposiciones laborales por parte de él.

Conceptos a entregar al trabajador por la terminación de la relación laboral

[VER PDF ADJUNTO]

Page 3

Rescisión de la relación laboral

Ocurre cuando alguna de las partes del vínculo laboral (patrón o trabajador) no está conforme con las condiciones en que se desarrolla la relación, y decide darla por terminada de manera unilateral.

Al respecto, el artículo 46 de la LFT indica que el trabajador o el patrón podrán rescindir en cualquier tiempo la relación de trabajo, por causa justificada, sin incurrir en responsabilidad.

De ahí que tanto el patrón como el trabajador pueden ejercer este derecho en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR