Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

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REGLAS CREDITOS TRABAJADORES DERECHOHABIENTES
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REGLAS PARA EL OTORGAMIENTO DE CREDI-
TOS A LOS TRABAJADORES DERECHOHABIEN-
TES DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE
LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES
Publicadas en el D.O.F. del 23 de julio de 2019
Al margen un logotipo, que dice: Instituto del Fondo Nacional de
la Vivienda para los Trabajadores.
REGLAS para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores De-
rechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para
los Trabajadores.
Con fundamento en los artículos 16, fracción IX, 47 y 48, de la
Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Traba-
jadores, en la sesión ordinaria número 819, celebrada el día 22 de
mayo de 2019, el H. Consejo de Administración del Infonavit emitió
la resolución RCA-7129-05/19, mediante las cuales aprobaron modi-
ficaciones a las “Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Tra-
bajadores Derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la
Vivienda para los Trabajadores”, por lo que ha tenido a bien expedir
las siguientes:
REGLAS PARA EL OTORGAMIENTO DE CREDI-
TOS A LOS TRABAJADORES DERECHOHABIEN-
TES DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE
LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES
OBJETO
PRIMERA. El H. Consejo de Administración del Instituto del Fon-
do Nacional de la Vivienda para los Trabajadores expide las presen-
tes Reglas con fundamento en lo dispuesto por el artículo 47 de la
Ley del Infonavit, con el objeto de establecer los términos y requisitos
conforme a las cuales se otorgarán los créditos a que se refiere la
fracción II del artículo 42 de la referida Ley y que se enumeran a
continuación:
EDICIONES FISCALES ISEF
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a) En línea II, a la adquisición en propiedad de habitaciones, finan-
ciadas o no por el Infonavit;
b) En línea III, a la construcción de vivienda;
c) En línea IV, a la reparación, ampliación o mejoras de habitacio-
nes; y
d) En línea V, al pago de pasivos adquiridos por cualquiera de los
conceptos anteriores.
DEFINICIONES
SEGUNDA. Para efectos de las presentes Reglas, se tendrán las
siguientes definiciones:
Aportación Patronal: significa la aportación que realiza el patrón
del Trabajador a la Subcuenta de Vivienda de éste, en los términos
dispuestos en la fracción II del artículo 29 de la Ley del Infonavit.
Cobertura por Fallecimiento o Incapacidad: es aquélla prevista
en el artículo 51 de la Ley del Infonavit que tiene como objetivo liberar
al trabajador que fallezca o tenga una incapacidad total permanente,
siempre y cuando esté al corriente en sus pagos. El costo de esta
cobertura será a cargo del Infonavit.
Crédito Conyugal: significa el esquema establecido en la Regla
Décima Sexta para los conceptos establecidos en los incisos de la
Regla Primera para cónyuges.
Crédito Integral: significa los créditos a que se refiere el inciso b)
de la Regla Primera, dirigida a grupos de trabajadores.
Crédito para Ecotecnologías: significa el crédito adicional otor-
gado por el Infonavit a un derechohabiente, para destinarlo a la ad-
quisición e instalación de ecotecnologías.
Crédito por Excedente: significa el crédito otorgado por el
Infonavit a un derechohabiente, siempre y cuando el Instituto ceda un
porcentaje del crédito otorgado a una entidad financiera y que el de-
rechohabiente cumpla con los criterios de elegibilidad que el Instituto
convenga con aquélla.
Cuota de Administración del Crédito: es la suma de los gas-
tos mensuales que se causan por la administración que realiza el
Infonavit del crédito otorgado a cuyo pago mensual está obligado el
Trabajador, según lo estipulado en el ANEXO 2.
Cuota Mensual de Amortización del Crédito: es el importe que
el Trabajador está obligado a cubrir mensualmente al INFONAVIT
para liquidar el saldo insoluto del crédito.
Cuota Mensual de Aportación al Fondo de Protección de Pa-
gos: significa la suma dineraria que el Trabajador se obliga a aportar
mensualmente al Fondo de Protección de Pagos.
Derechohabientes Activos: significa trabajadores derechoha-
bientes sujetos a una relación de trabajo vigente en el régimen que
le resulta aplicable al Instituto de acuerdo con la Ley Federal del
Trabajo.
REGLAS CREDITOS TRABAJADORES DERECHOHABIENTES
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Derechohabientes no Activos: significa trabajadores derechoha-
bientes del Infonavit no sujetos a una relación de trabajo vigente en
el régimen que le resulta aplicable al Instituto de acuerdo con la Ley
Federal del Trabajo, que tengan saldo en la subcuenta de vivienda
que administra el Infonavit.
Desastre Natural: significa la declaratoria de emergencia extraor-
dinaria expedida por el Ejecutivo Federal o por los Ejecutivos Esta-
tales, en determinadas demarcaciones, localidades, municipios o
delegaciones, originadas por desastres naturales, que se publiquen
en el Diario Oficial de la Federación o en la Gaceta Oficial de las Enti-
dades Federativas, según corresponda.
Ecotecnologías: significan los aparatos y equipos que estén ins-
talados o que se incorporen a las viviendas y que, utilizando tecno-
logías modernas y eficientes, hagan posible el ahorro en el consumo
de energía y agua.
Entidad Financiera: significa la entidad o fideicomiso que confor-
me a las leyes aplicables, estén autorizados para otorgar o adquirir
créditos a la vivienda y que, además, reúnan los requisitos que seña-
la la administración.
Fondo de Protección de Pagos: significa el fideicomiso por me-
dio del cual el Trabajador otorga al INFONAVIT la cobertura contra el
riesgo de incumplimiento de pago de las amortizaciones mensuales
a que se obliga conforme a lo estipulado en el contrato de apertura
de crédito, cuando dicho riesgo resulte de la pérdida de su relación
laboral.
Gastos de Titulación, Financieros y de Operación: significa la
suma de (i) los gastos que se causan por la originación del Crédito
Otorgado y (ii) los gastos notariales que se generan por la escritura-
ción del mismo, los cuales son a cargo del Trabajador. Se entenderá
que la suma que no se aplique a cubrir los gastos notariales se apli-
carán a los gastos que se causen por la originación.
Impuestos y Derechos: significa la suma de los impuestos y de-
rechos que causan por los actos que se consignan en la Escritura y
por la inscripción de ésta en el registro público de la propiedad que
corresponda, los cuales son a cargo del Trabajador.
Infonavit o Instituto: significa el Instituto del Fondo Nacional de la
Vivienda para los Trabajadores.
Ley: significa la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda
para los Trabajadores.
Monto de Crédito: significa la cantidad que conforma el crédito
que el Infonavit otorga al trabajador derechohabiente para la adquisi-
ción de una solución de vivienda.
Precio de Venta: significa el precio que haya sido pactado entre
las partes libre de cualquier descuento, bonificación, devolución o
prima en monetario, que haya sido ofrecida o comprometida por el
vendedor precisamente al otorgamiento del crédito por el Instituto y
con independencia del momento en que se realice dicho descuento,
bonificación, devolución o prima.

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