Reglas de los INCOTERMS 2020 para transporte marítimo y vias navegables interiores

AutorJosé Eduardo González Jasso
Páginas131-167
INCOTERMS ASPECTOS OPERATIVOS Y CASOS PRACTICOS 131
CAPITULO VI
REGLAS DE LOS INCOTERMS 2020
PARA TRANSPORTE MARITIMO
Y VIAS NAVEGABLES INTERIORES
1. FAS. FRANCO AL COSTADO DEL BUQUE
Free Alongside Ship. Franco al costado del buque, indicando
el puerto de embarque convenido.
1.1. Conceptualización
Este Incoterm únicamente se puede utilizar en transporte maríti-
mo, no se aplica cuando la mercancía se traslada en contenedores;
ya que, si se maneja en contenedores se entregaría en una terminal,
por lo tanto, se tendría que utilizar el Incoterm FCA.60
No se utiliza en contenedores.
No se utiliza cuando la mercan-
cía se transporta en contene-
dores.
Si la mercancía se traslada en
contenedores se tiene que utili-
zar el Incoterm:
FCA. (cuando la mercancía se
entrega en el país de origen).
60 Cámara de Comercio Internacional. Op. cit. P. 99.
EDICIONES FISCALES ISEF 132
1.2. Obligaciones Importantes del Exportador y Vendedor
El exportador no es responsable de contratar el transporte in-
ternacional ni el seguro; a petición y riesgo del importador lo
puede ayudar en esta actividad.
Entregar mercancía a un costado del buque, es decir, en el
muelle o en una barcaza, en el puerto de embarque, en la fe-
cha y plazo establecido por el comprador; es importante des-
tacar que la mercancía no la entrega en una terminal.
Es responsable de las pérdidas o daños que sufra la mercan-
cía hasta que la entrega en el muelle.
• No sube la mercancía del muelle o barcaza al buque.
Tramitar permisos y autorizaciones que requiere la mercancía
para su exportación.
• Llevar a cabo el despacho de exportación.
Pagar las verificaciones que requiera la mercancía para su
exportación (comprobación de calidad, medidas, pesos o re-
cuentos); en caso de que la autoridad del país del comprador
las solicite, no las paga.
Embalar y marcar la mercancía de manera adecuada para su
transportación, si el importador necesita algún embalaje espe-
cial deberá informarle al exportador.
• Pagar el precio de la mercancía.
Indicar al exportador el puerto y punto donde se entregará la
mercancía, el nombre del buque y la fecha de entrega.
Responsabilidades generales del exportador
Obligaciones del exportador en
relación con los trámites y documentos
Responsabilidades generales del importador
INCOTERMS ASPECTOS OPERATIVOS Y CASOS PRACTICOS 133
Contratar y pagar el transporte internacional desde el puerto
de embarque hasta el lugar de destino, indicando al exporta-
dor la línea marítima que contrató.
• Subir la mercancía del muelle al buque.
Recibir la mercancía en el lugar de embarque (al costado del
buque); a partir de este momento se responsabiliza de los
riesgos de pérdida o daño que puede tener la mercancía.
Pagar gastos de almacenaje de la mercancía, cuando el buque
que contrató no llegó en el tiempo acordado con el vendedor.
Indicar al exportador sobre los requisitos relacionados con la
seguridad que requiere la mercancía, para su traslado.
• Pagar y realizar el despacho de importación.
Tramitar permisos y autorizaciones que necesita el producto
para su importación.
No está obligado a tramitar un contrato de seguro, pero se
sugiere que es necesario para cubrirse en caso de pérdidas y
daños de la mercancía.
1.3. Tabla Incoterm
En los nuevos Incoterms 2020, la Cámara de Comercio Interna-
cional los presenta con el siguiente formato.
Incoterm: FAS.
Aspecto Obligaciones del
Vendedor
Obligaciones del
Comprador
Obligaciones gene-
rales Proporcionar al com-
prador la mercancía,
la factura comercial
u otra prueba que se
incluya en el contra-
to de compraventa,
ya sea en papel o en
forma electrónica.
Liquidar el precio de
la mercancía.
Proporcionar al ven-
dedor documenta-
ción que requiere,
ya sea en papel o en
forma electrónica.
Obligaciones del importador en
relación con los trámites y documentos

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