Reglas Generales para la Aplicación del Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción Teatral Nacional

Páginas673-683
REGLAS ESTIMULO A PRODUCCION TEATRAL NACIONAL
673
REGLAS GENERALES PARA LA APLICACION
DEL ESTIMULO FISCAL A PROYECTOS DE IN-
VERSION EN LA PRODUCCION TEATRAL NA-
CIONAL
Publicadas en el D.O.F. del 28 de febrero de 2011
Comité Interinstitucional para la Aplicación del Estímulo Fiscal a
Proyectos de Inversión en la Producción Teatral Nacional.
En la Ciudad de México, Distrito Federal, el 17 de febrero de 2011,
se reunieron los C.C. Ernesto Francisco Revilla Soriano, Raúl Arenza-
na Olvera y Teresa Vicencio Alvarez, en su carácter de representantes
de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, del Consejo Nacional
para la Cultura y las Artes y del Instituto Nacional de Bellas Artes y
Literatura, respectivamente, con el fin de instituir el Comité Interins-
titucional a que se refiere el artículo 226 Bis de la Ley del Impuesto
Sobre la Renta; así como para aprobar, para su posterior publicación
en el Diario Oficial de Federación, las reglas generales previstas en el
citado artículo, adoptándose los acuerdos siguientes:
Primero. Con fundamento en el artículo 226 Bis, fracción I de la
Ley del Impuesto Sobre la Renta, se crea el Comité Interinstitucional
para la Aplicación del Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la
Producción Teatral Nacional.
Segundo. El Comité Interinstitucional a que se refiere el acuerdo
anterior, con fundamento en el artículo 226 Bis, fracción IV de la Ley
del Impuesto Sobre la Renta, expide las siguientes:
REGLAS GENERALES PARA LA APLICACION DEL ESTIMULO
FISCAL A PROYECTOS DE INVERSION EN LA PRODUCCION
TEATRAL NACIONAL
I. Definiciones
1. Para los efectos de las presentes reglas, se entenderá por:
a) CE: el Consejo de Evaluación, creado por el INBA, el cual emi-
tirá recomendaciones no vinculantes respecto de las solicitudes para
la aplicación del estímulo fiscal que formulen los interesados para la
aplicación del mismo.
El CE se conformará por destacados profesionales de la disciplina
teatral, los cuales en caso de tener algún vínculo con los interesados
en la aplicación del estímulo fiscal, deberán abstenerse de opinar y
votar en dicho caso particular.
El CE se sujetará a lo establecido por los lineamientos de opera-
ción que, para tal efecto, expida el INBA.
b) Comité: el Comité Interinstitucional para la Aplicación del
Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción Teatral
Nacional.
c) CONACULTA: el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes.
d) Contribuyente aportante: el contribuyente del impuesto sobre
la renta que aporte efectivo, a través de cualquier instrumento finan-
ciero, a proyectos de inversión.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR