Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria. Jurisprudencia Núm. VII-J-1aS-96

Páginas292-294
292
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
JURISPRUDENCIA NÚM. VII-J-1aS-96
REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO
DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
ACUERDO DE CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL DE LAS
UNIDADES ADMINISTRATIVAS REGIONALES DEL SERVICIO
DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. NO REQUIERE PARA SU
VALIDEZ LA APROBACIÓN DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.- Conforme a la
fracción XII del artículo 3 del Reglamento Interior del Servicio de Adminis-
tración Tributaria publicado en el Diario Of‌i cial de la Federación el 6 de junio
de 2005, el Jefe del Servicio de Administración Tributaria tiene la facultad
de expedir los Acuerdos en los que se establezca la circunscripción territorial
de las unidades administrativas regionales del Servicio de Administración
Tributaria, facultad cuya validez no se condicionó a la aprobación de la Junta
de Gobierno de ese órgano, pues incluso, dentro de las atribuciones que se
precisaron a favor de éstas, en el artículo 5 del referido Reglamento, no se
establece la obligación del Jefe del Servicio de Administración Tributaria de
sujetar a la aprobación de dicha Junta el referido acuerdo de circunscripción
territorial. Por tanto, acorde con aquel precepto, el Jefe del referido órgano
desconcentrado está facultado para expedir el Acuerdo de circunscripción
territorial de las unidades administrativas regionales adscritas al mismo
órgano, publicado en el Diario Of‌i cial de la Federación el 21 de mayo de
2008 y su modif‌i cación del 18 de julio de 2008, sin requerir para su validez
de la aprobación de la Junta de Gobierno del Servicio de Administración
Tributaria.
(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/S1-10/2014)
PRECEDENTES:
VI-P-1aS-446
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1295/10-07-02-1/1783/10-S1-
01-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR