Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor. VI-TASR-XXXII-10

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
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Queja Núm. 369/07-05-02-8.- Resuelta por la Segunda Sala Regional del Norte-Cen-
tro II del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 16 de junio de 2009,
por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Luis Moisés García Hernández.-
Secretaria: Lic. Sofía Yesenia Hamze Sabag.
REGLAMENTO DE LA PROCURADURÍA
FEDERAL DEL CONSUMIDOR
VI-TASR-XXXII-10
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE VERIFICACIÓN Y VIGILANCIA DE-
PENDIENTE DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR.
LA COMPETENCIA PARA IMPONER SANCIONES POR INCUMPLI-
MIENTO A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL SOBRE
METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN, NO SE DESPRENDE DEL ARTÍ-
CULO 20 FRACCIÓN II EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 19 FRAC-
CIÓN IX DEL REGLAMENTO DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL
CONSUMIDOR.- Si bien es cierto que del texto de la sanción recurrida, se advierte
que la autoridad demandada citó el artículo 20, fracción II en relación con el artículo
lo único que se desprende como bien lo señala la actora, es que al Jefe de Departa-
mento de Verificación y Vigilancia le corresponderá el ejercicio de la atribución men-
cionada en la fracción IX, del artículo 19 del citado Reglamento, que prevé que
tendrá la facultad para: “Sustanciar y resolver los procedimientos por infracciones a
la Ley”; por lo que luego entonces no debemos olvidar que las autoridades sólo
pueden hacer aquello que les está permitido y especificado claramente en las leyes
aplicables, y de lo que se desprende con los preceptos legales citados, el Jefe de
Departamento de Verificación y Vigilancia en la Delegación Zacatecas, de la
Procuraduría Federal del Consumidor, solamente tienen la facultad de sustanciar y
resolver los procedimientos por infracciones a la ley, mas nunca en forma específica
la de imponer sanciones por incumplimiento a las disposiciones de la Ley Federal

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