Reglamento de la Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles para el Estado de Veracruz-Llave

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Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobernador del Es-
tado de Veracruz-Llave.
MIGUEL ALEMAN VELAZCO, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Ve-
racruz-Llave, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 49 fracciones III y V
de la Constitución Política del Estado; y Segundo Transitorio de la Ley número 271
de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles
para el Estado de Veracruz-Llave, he tenido a bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO DE LA LEY DE FOMENTO A LAS ACTIVIDA-
DES DE DESARROLLO SOCIAL DE LAS ORGANIZACIO-
NES CIVILES PARA EL ESTADO DE VERACRUZ-LLAVE
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1. El presente Reglamento tiene por objeto regular el fomento a las
actividades que tiendan al desarrollo social y comunitario, y de asistencia pública
y privada, en los términos que establece la Ley de Fomento a las Actividades de
Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles para el estado de Veracruz-Llave.
ARTICULO 2. Para los efectos de este Reglamento se entiende por:
I. Ley: a la Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de las Orga-
nizaciones Civiles para el estado de Veracruz-Llave;
II. La Subsecretaría: a la Subsecretaría de Gobierno;
III. La Subsecretaría de Desarrollo Social; y
IV. Las Organizaciones: a las Organizaciones Civiles del estado de Veracruz
que realizan alguna de las actividades de desarrollo social previstas en la Ley.
CAPITULO II
DEL REGISTRO DE LAS ORGANIZACIONES CIVILES
ARTICULO 3. Corresponde a la Subsecretaría de Gobierno, en términos de lo
dispuesto por el artículo 6 de la Ley, llevar el Registro de las Organizaciones Civiles
del estado de Veracruz.
En el ámbito de las funciones que le atribuye este Reglamento, la Subsecretaría
de Desarrollo Social auxiliará a la Subsecretaría en el Registro de las Organizacio-
nes Civiles.
ARTICULO 4. La Subsecretaría de Desarrollo Social, en sus funciones de Re-
gistro de las Organizaciones Civiles del estado de Veracruz, podrá:
RGTO. LEY FOMENTO ACTIVIDADES VERACRUZ/DISPOSICIONES... 1-4

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