Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. VIII-CASR-9ME-1

Páginas303-304
Revista Núm. 46, septiembRe 2020
sala regional 303
NOVENA SALA REGIONAL METROPOLITANA
REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES
VIII-CASR-9ME-1
ACUERDO DE INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE VERI-
FICACIÓN PREVISTO EN EL REGLAMENTO DE LA LEY
FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES. EL DIRECTOR
GENERAL DE VERIFICACIÓN DEL INSTITUTO FEDE-
RAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN
DE DATOS (AHORA INSTITUTO NACIONAL DE TRANS-
PARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTEC-
CIÓN DE DATOS PERSONALES), ES COMPETENTE
PARA EMITIRLO.- De conformidad con lo dispuesto por
el artículo 128 del Reglamento de la Ley Federal de Pro-
tección de Datos Personales en Posesión de los Particula-
res, el Instituto podrá iniciar el procedimiento de vericación
requiriendo al responsable la documentación necesaria o
realizando las visitas en el establecimiento en donde se
encuentren las bases de datos respectivas. Así el artículo
129 del Reglamento de la Ley Federal de Protección de Da-
tos Personales en Posesión de los Particulares, establece
que el procedimiento de vericación se iniciará de ocio o
a petición de parte, por instrucción del Pleno del Instituto.
Asimismo, debe tenerse presente que el cuatro de marzo
de dos mil catorce, se publicó en el Diario Ocial de la Fe-

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