Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. VII-P-1aS-932

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PRECE DENT ES DE SAL A SU PERI OR
PRIMERA SECCIÓN
REGLAMENTO INTERIOR DEL TRIBUNAL FEDERAL
DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
VII-P-1aS-932
SALAS ESPECIALIZADAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE
JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA. COMPETENCIA
POR APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE LA CONTINENCIA
DE LA CAUSA.- Atendiendo al principio procesal de la “con-
tinencia de la causa”, que tiene por objeto evitar que exista
multiplicidad de juicios con resoluciones contradictorias, si en
el juicio contencioso administrativo federal se impugnan dos o
más actos, de los cuales uno de ellos actualiza la competencia
de alguna de las Salas Especializadas del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa, enunciadas en el artículo 23
del Reglamento Interior del propio Tribunal; la competencia
material, para conocer del juicio de que se trate y de la legali-
dad de los restantes actos impugnados, se surte a favor de la
Sala Especializada respectiva, aun cuando los demás actos
por sí solos no actualicen su competencia material.
Conflicto de Competencia por Razón de Materia Núm.
775/13-06-03-7/749/13-EOR-01-11/1413/13-S1-02-06.- Re-
suelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal
Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 14
de noviembre de 2013, por unanimidad de 5 votos a favor.-
Magistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby Genel.- Secretaria:
Lic. Beatriz Rodríguez Figueroa.
(Tesis aprobada en sesión de 3 de junio de 2014)
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REVIS TA DE L TR IBUN AL F EDERAL D E JU STIC IA F ISCAL Y A DMINIS TRAT IVA
C O N S I D E R A N D O :
[...]
TERCERO.- [...]
Por ello, a juicio de esta Primera Sección de la Sala Su-
perior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa,
el confl icto de competencia por materia planteado por la Sala
Especializada en Materia Ambiental y de Regulación de este
Tribunal con sede en el Distrito Federal resulta INFUNDADO,
atento a los siguientes razonamientos y fundamentos de De-
recho.
Primeramente, es de señalarse que de las constancias
que integran el expediente 775/13-06-03-7/749/13-EOR-
01-11/1413/13-S1-02-06, se advierte que la empresa hoy
actora, en el escrito inicial de demanda ofreció las siguientes
probanzas:
[N.E. Se omite imagen]
De lo anterior, se advierte que la empresa demandante,
ofreció como pruebas de su parte, entre otras:
a) Título de concesión para instalar, operar y explotar
por un periodo de 15 años, una red pública de servicio
móvil de radiocomunicación especializada de otillas,
en Ruta México-Veracruz y México-Guadalajara,
sobre las bandas de frecuencia 430-440 MHz, de 3
de febrero de 1994, expedido por la Secretaría de

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