Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. VIII-P-1aS-683

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REVISTA NÚM. 42, ENERO 2020
REGLAMENTO INTERIOR DEL TRIBUNAL FEDERAL
DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
VIII-P-1aS-683
CONFLICTO DE COMPETENCIA POR MATERIA CUAN-
DO LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA RESUELVE LA IM-
PROCEDENCIA DE LA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN
PLANTEADA RESPECTO AL DERECHO DE TRÁMITE
ADUANERO Y EL FONDO DEL ASUNTO IMPLICA EL
ESTUDIO DE LA LEY ADUANERA. SON COMPETEN-
TES PARA SU CONOCIMIENTO, LAS SALAS ESPECIA-
LIZADAS EN COMERCIO EXTERIOR.- Del contenido del
artículo 23, fracción IV, del Reglamento Interior del Tribu-
nal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa se despren-
de la competencia material de las Salas Especializadas de
Comercio Exterior, señalando entre otros supuestos, el
relativo a las resoluciones dictadas con fundamento en la
Ley Aduanera, la Ley de Comercio Exterior y los demás
ordenamientos que regulan la materia de Comercio Ex-
terior. Por su parte, el artículo 22 del Código Fiscal de la
Federación prevé la institución y la mecánica de la devolu-
ción de impuestos pagados indebidamente. Ahora bien, en
el presente caso estamos en presencia de una resolución
emitida por el Administrador de Apoyo Jurídico de Auditoría
de Comercio Exterior “2”, donde resolvió improcedente la
solicitud de devolución planteada por la actora a la que le
correspondió el número de control DC801700000631, por
concepto de Derechos por Trámite Aduanero (DTA) Art. 49,
por un importe determinado; resolución que en sus Consi-
derandos señaló como fundamento el artículo 16-A de la

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