Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria. VII-CASE-ECE-6

Páginas411-412
Revista Núm. 46, septiembRe 2020
sala regional 411
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 50/15-ECE-01-4.-
Resuelto por la Tercera Sala Especializada en Materia de
Comercio Exterior del Tribunal Federal de Justicia Adminis-
trativa, el 16 de octubre de 2015, por unanimidad de votos.-
Magistrada Instructora: Juana Griselda Dávila Ojeda.- Se-
cretario: Lic. Ramiro Olivo Leal.
REGLAMENTO INTERIOR DEL
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
VII-CASE-ECE-6
UNIDAD TÉCNICA DE ASESORÍA Y MUESTREO DE LA
ADUANA DE NUEVO LAREDO. CARECE DE EXISTEN-
CIA JURÍDICA.- Los artículos 11, 12 y 13 del Reglamento
Interior del Servicio de Administración Tributaria establecen
la competencia y las unidades administrativas de la Admi-
nistración General de Aduanas. En cuanto a esto último,
disponen que cada Aduana estará a cargo de un Adminis-
trador, del que dependerán los Subadministradores, Jefes
de Sala, Jefes de Departamento, Jefes de Sección, Veri-
cadores, Noticadores, Ociales de Comercio Exterior,
Visitadores, el personal al servicio de la Unidad de Apoyo
para la Inspección Fiscal y Aduanera que esta determine y
el personal que las necesidades del servicio requiera. Sin
embargo, las citadas normas reglamentarias no establecen
como parte integrante de la estructura de la Administración
General de Aduanas, ni de las Aduanas a ella adscritas,
a la Unidad Técnica de Asesoría y Muestreo, siendo que
por exigencia del artículo 16 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, la competencia es uno

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