Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria. VII-CASR-2HM-24

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CRITE RIOS AIS LADO S DE LA SEGUN DA S ALA REG IONA L HI DALG O-MÉ XICO
Recurso de Reclamación interpuesto en el Juicio Contencioso
Administrativo Núm. 3440/14-11-02-4-OT.- Resuelto por la
Segunda Sala Regional Hidalgo-México del Tribunal Federal
de Justicia Fiscal y Administrativa, el 9 de octubre de 2014,
por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Victorino
Manuel Esquivel Camacho.- Secretario: Lic. José Manuel
Morales Gómez.
REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO
DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
VII-CASR-2HM-24
ADMINISTRADOR LOCAL DE RECAUDACIÓN DEL
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. LOS
ARTÍCULOS 25, FRACCIÓN VII Y 27 DEL REGLAMENTO
INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBU-
TARIA NO ESTABLECEN FACULTADES EXPRESAS A
FAVOR DE DICHA AUTORIDAD PARA REVOCAR LAS
AUTORIZACIONES DE PAGO DIFERIDO O EN PARCIA-
LIDADES DE CRÉDITOS FISCALES.- Conforme al artículo
16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexi-
canos, en relación con el artículo 38, fracción V, del Código
Fiscal de la Federación, la competencia material de las au-
toridades federales no debe inferirse ni suponerse, sino que
debe estar debidamente establecida expresamente dentro
de la fundamentación en la que sustenta su competencia la
autoridad emisora del acto de molestia, por lo que la falta de
la cita de preceptos legales que le confi eren competencia

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