Reglamento Interior de la SECRETARÍA de COMUNICACIONES y TRANSPORTES. VIII-P-SS-314

Páginas37-85
Revista Núm. 32, maRzo 2019
precedente 37
PLENO
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA
DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
VIII-P-SS-314
BASE TARIFARIA DE LOS SERVICIOS DE ARRASTRE,
ARRASTRE Y SALVAMENTO Y DEPÓSITO DE VEHÍCU-
LOS EN EL AUTOTRANSPORTE FEDERAL, PUBLICA-
DA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28
DE FEBRERO DE 2017. LA AUTORIDAD QUE LA EMI-
TA DEBE ACTUAR EN COORDINACIÓN CON LOS CEN-
TROS SCT.- De conformidad con el artículo 22, fracción XV
del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicacio-
nes y Transportes, le corresponde a la Dirección General
de Autotransporte Federal, entre otras cuestiones, ejercer
las atribuciones de dicha Secretaría respecto de las tarifas
en materia de autotransporte federal y sus servicios auxi-
liares, en coordinación con los Centros SCT, al respecto,
una de las atribuciones de la Secretaría es la prevista en
el artículo 20, primer párrafo de la Ley de Caminos, Puen-
tes y Autotransporte Federal, consistente en establecer las
bases de regulación tarifaria de los servicios de arrastre,
arrastre y salvamento y depósito de vehículos. Ahora bien,
de acuerdo con el artículo 43 del Reglamento en comento,
los Centros SCT son las representaciones de la Secretaría
en cada uno de los Estados que integran la Federación; en
ese orden de ideas, para la creación de la Base Tarifaria
que nos ocupa, al ser esta relativa al autotransporte federal,
resulta necesario que los Centros SCT actúen en coordina-
Revista del tRibunal FedeRal de Justicia administRativa
pleno 38
ción con la autoridad competente que la emita, pues de no
cumplirse con lo anterior, ello tendría como consecuencia
la ilegalidad de la citada Base, al no respetarse su procedi-
miento de creación.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 478/17-20-01-9/
1742/18-PL-04-04.- Resuelto por el Pleno Jurisdiccional de
la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Adminis-
trativa, en sesión de 24 de octubre de 2018, por mayoría
de 10 votos a favor y 1 voto en contra.- Magistrado Ponen-
te: Rafael Anzures Uribe.- Secretario: Lic. Javier Armando
Abreu Cruz.
(Tesis aprobada en sesión de 6 de febrero de 2019)
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA
DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
VIII-P-SS-315
BASE TARIFARIA DE LOS SERVICIOS DE ARRASTRE,
ARRASTRE Y SALVAMENTO Y DEPÓSITO DE VEHÍCU-
LOS EN EL AUTOTRANSPORTE FEDERAL, PUBLICA-
DA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28
DE FEBRERO DE 2017. LA AUTORIDAD QUE LA EMITA
DEBE ESCUCHAR PREVIAMENTE LA OPINIÓN DE LA
COMISIÓN CONSULTIVA DE TARIFAS DE LA SECRE-
TARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES.- El
artículo 49 de la Ley de Vías Generales de Comunicación,
establece esencialmente la competencia exclusiva de la
Secretaría de Comunicaciones y Transportes para el estu-
dio y aprobación, revisión, modicación, cancelación o re-
Revista Núm. 32, maRzo 2019
precedente 39
gistro, en su caso, de tarifas y sus elementos de aplicación,
asimismo, prevé que para los efectos de dicho numeral, se
integrará una Comisión Consultiva de Tarifas en los térmi-
nos del Reglamento respectivo, y que para la aprobación
de las tarifas denitivas y sus reglas de aplicación, se es-
cuchará previamente la opinión de esta comisión. Ahora
bien, la Comisión Consultiva de Tarifas de conformidad con
el artículo 1 de su Reglamento, es un órgano de consulta
interna de la Secretaría para el estudio y aprobación de
las tarifas denitivas y sus reglas de aplicación; en conse-
cuencia, previo a la aprobación de la Base Tarifaria que
nos ocupa, es necesario que la Comisión haga del conoci-
miento a la autoridad competente su opinión emitida con-
forme al Reglamento de la Comisión Consultiva de Tarifas,
ya que de no cumplirse con lo anterior, ello tendría como
consecuencia la ilegalidad de la citada Base, al no respe-
tarse su procedimiento de creación.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 478/17-20-01-9/
1742/18-PL-04-04.- Resuelto por el Pleno Jurisdiccional de
la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Adminis-
trativa, en sesión de 24 de octubre de 2018, por mayoría
de 10 votos a favor y 1 voto en contra.- Magistrado Ponen-
te: Rafael Anzures Uribe.- Secretario: Lic. Javier Armando
Abreu Cruz.
(Tesis aprobada en sesión de 6 de febrero de 2019)

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR