Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor. Jurisprudencia Núm. VII-J-SS-152

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cia, de la Delegación Tlalnepantla, puede ejercer directamente
las facultades conferidas al titular de dicha Delegación, entre
las que se encuentra la de ordenar, dentro del ámbito de su
competencia, las medidas precautorias previstas por la Ley,
aplicar las medidas de apremio e imponer las sanciones que
correspondan a los particulares, así como adoptar las medidas
necesarias para su ejecución. Consecuentemente, el Jefe de
Departamento de Verifi cación y Vigilancia, de la Delegación
Tlalnepantla, de la Procuraduría Federal del Consumidor, tie-
ne existencia jurídica dentro de la organización de la citada
Procuraduría y cuenta con competencia material y territorial
para imponer sanciones a los particulares, como en el caso,
derivadas de infracciones a la Ley Federal sobre Metrología
y Normalización.
Contradicción de Sentencias Núm. 13/200-24-01-03-09/
YOTRO/1676/13-PL-08-01.- Resuelta por el Pleno de la Sala
Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administra-
tiva, en sesión de 2 de abril de 2014, por mayoría de 10 votos
a favor y 1 voto en contra.- Magistrado Ponente: Víctor Martín
Orduña Muñoz.- Secretaria: Lic. Alin Paulina Gutiérrez Verdeja.
(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/56/2014)
JURISPRUDENCIA NÚM. VII-J-SS-152
REGLAMENTO DE LA PROCURADURÍA
FEDERAL DEL CONSUMIDOR
JEFE DE DEPARTAMENTO DE VERIFICACIÓN Y VIGILAN-
CIA, DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMI-

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