Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor. Jurisprudencia Núm. VII-J-SS-149

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JURIS PRUD ENCI AS DE SAL A SU PERI OR
JURISPRUDENCIA NÚM. VII-J-SS-149
REGLAMENTO DE LA PROCURADURÍA
FEDERAL DEL CONSUMIDOR
JEFE DE DEPARTAMENTO DE VERIFICACIÓN Y VIGI-
LANCIA, DE LA DELEGACIÓN TLALNEPANTLA, DE LA
PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR. TIENE
EXISTENCIA JURÍDICA Y COMPETENCIA MATERIAL
PARA IMPONER SANCIONES A LOS PARTICULARES.- De
la interpretación armónica de los artículos 3, 4, fracción XXVI,
20, fracción II, en relación con el diverso 19, del Reglamento de
la Procuraduría Federal del Consumidor, el artículo 14, tercer
párrafo, fracción XIV, inciso d), del Estatuto Orgánico de la Pro-
curaduría Federal del Consumidor, y el artículo Único, fracción
XIV, inciso d), del Acuerdo que Establece la Circunscripción
Territorial de las Delegaciones de la Procuraduría Federal del
Consumidor, se desprende la existencia jurídica del Jefe de
Departamento de Verif‌i cación y Vigilancia, de la Delegación
Tlalnepantla, de la Procuraduría Federal del Consumidor,
puesto que la referida Procuraduría para el despacho de sus
asuntos contará con diversos servidores públicos, entre otros,
Delegados, Subdelegados, directores de área, subdirectores y
jefes de departamento. Ahora bien, dentro de las referidas De-
legaciones se encuentra la Delegación de Tlalnepantla, cuyo
Delegado tiene conferidas distintas atribuciones que pueden
ser ejercidas a su vez, por personal a su cargo, como lo es el
Jefe de Departamento de Verif‌i cación y Vigilancia. En esta gui-
sa, de conformidad con los artículos 19, fracciones XIII y XVI, y
20, fracción II, del Reglamento de la Procuraduría Federal del
Consumidor, el Jefe de Departamento de Verif‌i cación y Vigilan-

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