De los Regímenes Fiscales Preferentes y de las Empresas Multinacionales

AutorPérez Chavez, José - Campero Guerrero, Eladio
Páginas390-410

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Ga ran tía del pago de ISR

211.- Para los efec tos de lo dis pues to en los ar tícu los 180 y 184 de esta Ley,loscontribuyentespodrángarantizarelpagodelimpuestosobrela rentaquepudieracausarseconmotivodelarealizacióndesusactividades enterritorionacional,mediantedepósitoenlascuentasaqueserefierela frac ción I del ar tícu lo 141 del Có di go Fis cal de la Fe de ra ción.

LISR 180, 184. CFF 8o, 9o, 141-A al 143. CPEUM 27, 42.

LISR–REGIMENES FISCALES PREFERENTES

TITULO VI


De los Regímenes Fiscales Preferentes y de las Empresas Multinacionales

CAPITULO I


De los Regímenes Fiscales Preferentes

Sujetosdel impuesto

212.- LosresidentesenMéxicoylosresidentesenelextranjeroconestable ci mien to per ma nen te en el país, están obli ga dos a pagar el im pues to conformealodispuestoenesteCapítulo,porlosingresossujetosaregímenesfiscalespreferentesqueobtenganatravésdeentidadesofigurasjurídicasextranjerasenlasqueparticipen,directaoindirectamente,enlaproporción que les co rres pon da por su par ti ci pa ción en ellas, así como por los in -gresosqueobtengan através deentidadesofigurasjurídicasextranjeras queseantransparentesfiscalesenelextranjero.

LISR 2o, DT2005 3o XII. RISR 270, 270-A, 271. CFF 2o, 8o, 9o. LIDE 7o. RM2011 I.3.18.1 al I.3.18.3, I.3.18.6. TA 1a. SCJN SJF,
9a. ep., T. XXVII, FEB2008, pág. 490.

Ingresos

Los in gre sos a que se re fie re este Ca pí tu lo son los ge ne ra dos en efec ti vo, enbienes,enserviciosoencréditoporlasentidadesofigurasjurídicasextranjerasylosquehayansidodeterminadospresuntamenteporlasautorida des fis ca les, aun en el caso de que di chos in gre sos no hayan sido dis tri -bui dos por ellas a los con tri bu yen tes de este Ca pí tu lo.

IngresossujetosaREFIPRES

Para los efec tos de esta Ley, se con si de ra rán in gre sos su je tos a re gí me -nes fis ca les pre fe ren tes, los que no están gra va dos en el ex tran je ro o lo están con un im pues to sobre la renta in fe rior al 75% del im pues to sobre la renta que se cau sa ría y pa ga ría en Mé xi co, en los tér mi nos de los Tí tu los II o IV de esta Ley, según co rres pon da.

LISR 10. CFF 8o, 55. RM2011 I.3.18.1 al I.3.18.3, I.3.18.8. CPEUM 27, 42.

Seconsideraráquelosingresosestánsujetosaunrégimenfiscalpreferente cuan do el im pues to sobre la renta efec ti va men te cau sa do y pa ga do en el país o ju ris dic ción de que se trate sea in fe rior al im pues to cau sa do en Mé xi co

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en los tér mi nos de este ar tícu lo por la apli ca ción de una dis po si ción legal, re -glamentaria,administrativa,deunaresolución,autorización,devolución, acreditamientoocualquierotroprocedimiento.

LISR 10, 177.

De ter mi na ción por cada una de las ope ra cio nes o por todas

Paradeterminarsilosingresosseencuentransujetosaregímenesfiscalespreferentesenlostérminosdelpárrafoanterior,seconsiderarácadauna de las ope ra cio nes que los ge ne re. Cuan do los in gre sos los ob ten ga el con -tri bu yen te a tra vés de una en ti dad ex tran je ra en la que sea miem bro, socio, ac cio nis ta o be ne fi cia rio de ella, o a tra vés de una fi gu ra ju di ca que se con -si de re re si den te fis cal en algún país y tri bu te como tal en el im pues to sobre la renta en ese país, se con si de ra rá la uti li dad o pér di da que ge ne ren todas lasoperaciones realizadasenella.

LISR 8o. RISR 270, 270-A, 271.

Ingresosgeneradosdemaneraindirecta

En los casos en los que los in gre sos se ge ne ren de ma ne ra in di rec ta a tra -vésdedosomásentidadesofigurasjurídicasextranjeras,sedeberánconsiderarlosimpuestosefectivamentepagadosportodaslasentidadesofigurasjurídicasatravés delascualeselcontribuyenterealizólasoperaciones que ge ne ran el in gre so, para efec tos de de ter mi nar el im pues to sobre la renta in fe rior a que se re fie re este ar tícu lo.

RISR 270. RM2011 I.3.18.6.

Ingresosgeneradosenentidades ofiguras transparentesfiscales

Asimismo,tendráneltratamientofiscaldeesteCapítulo,losingresosque seobtengan através deentidadesofigurasjurídicasextranjerasquesean transparentesfiscalesenelextranjero,auncuandodichosingresosnotenganunrégimenfiscalpreferente.

RM2011 II.3.10.6.

Cuandosontransparentesfiscalmentelasentidadesofiguras

Seconsideraquelasentidadesofigurasjurídicasextranjerassontransparentesfiscales,cuandonosonconsideradascomocontribuyentesdelimpues to sobre la renta en el país en que están cons ti tui das o tie nen su ad mi nis -tra ción prin ci pal o sede de di rec ción efec ti va y sus in gre sos son atri bui dos a susmiembros,socios,accionistas,obeneficiarios.

Entidadesyfigurasjurídicasextranjeras

Seconsideranentidadesextranjeras,lassociedadesydemásentescreadosoconstituidosconformealderechoextranjeroquetenganpersonalidadjurídicapropia,asícomolaspersonasmoralesconstituidasconforme alderechomexicanoqueseanresidentesenelextranjero,yseconsideran figurasjurídicasextranjeras,losfideicomisos,lasasociaciones,losfondos deinversiónycualquier otrafigurajurídicasimilardelderechoextranjero quenotengapersonalidadjurídicapropia.

CFF 9o. LGSM 10. CC 25 al 28.

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Ingre sos no su je tos a REFIPRES

Noseconsideraráningresossujetosaregímenesfiscalespreferentesen lostérminosdeesteartículo,losobtenidosatravésdeentidadesofiguras jurídicasextranjerasquerealicenactividadesempresariales,salvoquesus ingresospasivosrepresentenmásdel20%delatotalidaddesusingresos.

CFF 16. RM2011 I.3.18.6, II.3.10.4.

Ingresospasivos

ParalosefectosdeesteCapítulo,seconsideraningresospasivos:losintereses;dividendos; regalías;lasgananciasenlaenajenacióndeacciones, títulosvalorobienesintangibles;lasgananciasprovenientesdeoperacionesfinancierasderivadascuandoelsubyacenteserefieraadeudasoacciones; lascomisionesymediaciones;asícomolosingresosprovenientes de la ena je na ción de bie nes que no se en cuen tren fí si ca men te en el país, te -rritorioojurisdiccióndonderesidaoseubiquelaentidadofigurajurídicaextranjeraylosingresosprovenientesdeserviciosprestadosfueradedicho país,territorioojurisdicción.

LISR 8o, 9o, 165. CFF 14, 15-B, 16, 16-A. RM2011 I.2.1.9,
I.3.2.6, I.3.18.4. CC 1049 al 1056, 2332, 2398 al 2411.

Otros in gre sos no su je tos a REFIPRES

Noseconsideraráningresossujetosaregímenesfiscalespreferenteslos generadosatravés deentidadesextranjerasqueseanresidentesfiscales en algún país, te rri to rio o ju ris dic ción y tri bu ten como tales en el im pues to sobre la renta en el mismo, cuan do sus uti li da des estén gra va das con una tasa igual o mayor al 75% de la tasa es ta ble ci da en el ar tícu lo 10 de esta Ley, siem pre que sean gra va bles todos sus in gre sos, salvo los di vi den dos per ci -bidosdeentidadesqueseanresidentesdelmismopaís,territorioojurisdicción, y que sus de duc cio nes sean o hayan sido real men te ero ga das, aun cuandoseacumulenodeduzcan,respectivamente,enmomentosdistintos a los se ña la dos en los Tí tu los II y IV de esta Ley. Para estos efec tos, se pre su -me, salvo prue ba en con tra rio, que no se reú nen los ele men tos pre vis tos en estepárrafo.

LISR 10, 165.

Ingre sos no su je tos a REFIPRES por con cep to de re ga lías

Tampocoseconsideraráningresossujetosarégimenfiscalpreferentelos percibidosporlasentidadesofigurasjurídicasdelextranjeroporconcepto de re ga lías pa ga das por el uso o con ce sión de uso de una pa ten te o se cre -tos in dus tria les, siem pre que se cum pla con lo si guien te:

LIETU 3o. CFF 15-B. LPI 2o, 82, 84.

I. Que di chos in tan gi bles se hayan crea do y de sa rro lla do en el país en donde se ubica o re si da la en ti dad o fi gu ra ju di ca del ex tran je ro que es pro -pie ta ria de los mis mos. No será ne ce sa rio cum plir con este re qui si to, si di -chos in tan gi bles fue ron o son ad qui ri dos a pre cios o mon tos que hu bie ran utilizadopartesindependientesenoperacionescomparables,pordicha entidadofigurajurídicadelextranjero.

LISR 38, 215, 216.

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393 LISR–REGIMENES FISCALES PREFERENTES 212.-


II. Quelasregalíaspagadasnogenerenunadeducciónautorizadapara unresidenteenMéxico.

LISR 31 XI, 172. CFF 8o, 9o, 15-B. CPEUM 27, 42.

III. Que los pagos de re ga lías per ci bi dos por dicha en ti dad o fi gu ra ju di -ca ex tran je ra se hagan a pre cios y mon tos que hu bie ran uti li za do con o entrepartesindependientesenoperacionescomparables.

LISR 215, 216. CFF 15-B.

IV. Teneradisposicióndelasautoridadesfiscaleslacontabilidaddelas entidadesofigurasjurídicasextranjerasaqueserefiereestepárrafoypresentardentrodelplazocorrespondienteladeclaracióninformativaaquese re fie re el ar tícu lo 214 de esta Ley.

LISR 214. RM2011 I.3.18.7, II.3.10.3, II.3.10.4.

Otros in gre sos no su je tos a REFIPRES

Asimismo,noseconsideraráningresossujetosarégimenfiscalpreferente, los que se ge ne ren con mo ti vo de una par ti ci pa ción pro me dio por día en entidadesofigurasjurídicasextranjerasquenolepermitaalcontribuyente tener el con trol efec ti vo de ellas o el con trol de su ad mi nis tra ción, a grado tal, que pueda de ci dir el mo men to de re par to o dis tri bu ción de los in gre sos, utilidadesodividendosdeellas,yaseadirectamenteoporinterpósitaperso na. Para estos efec tos, se pre su me salvo prue ba en con tra rio, que el con -tribuyentetienecontroldelasentidadesofigurasjurídicasextranjerasque generanlosingresossujetos aregímenesfiscalespreferentes.

Determinacióndel controlefectivo

Paraladeterminacióndelcontrolefectivo,seconsiderarálaparticipación promediodiariadelcontribuyenteydesuspartesrelacionadas,enlostérmi nos del ar tícu lo 215 de esta Ley o per so nas vin cu la das, ya sean re si den -tes en Mé xi co o en el ex tran je ro. Para los efec tos de este pá rra fo, se con si -de ra rá que exis te vin cu la ción entre per so nas, si una de ellas ocupa car gos de di rec ción o de res pon sa bi li dad en...

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