Régimen de Incorporacion Fiscal

AutorEmilio Margáin Manautou
CargoDistinguido Catedrático Emérito de Derecho Fiscal y Administrativo de la Universidad Nacional Autónoma de México y de otras Universidades Públicas y Privadas del País y del extranjero. Doctor Honoris causa por CENIJUR Centro de Investigación Jurídica Puebla. Reconocido Profesional de los Foros Jurídicos Nacionales y Locales en el ámbito Administrat
BIOLEX'Revista'Jurídica'del'Departamento'de'Derecho'UNISON'URC'
Academia'de'Derecho'Administrativo'
'Tercera'Época'Año'8,'No.15,'Julio'Diciembre'de'2016'
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Régimen de Incorporacion Fiscal1
Emilio Margáin Manautou2
Sumario. I. Introducción. II. Disposiciones generales de la Sección II Capítulo II
De los Ingresos por Actividades Empresariales y Profesionales del Título IV De las
Personas Físicas de la LISR. III.!Opción del contribuyente. IV Cálculo y entero del
impuesto. V: Corolario
Resumen
En el documento se explica en que consiste el Régimen de Incorporacion Fiscal
RIF conforme al cual el SAT pretende juntar en un solo cuerpo a contribuyentes
con características afines con el objetivo de que transcurrido cierto plazo se
incorporen al régimen general de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Se concluye
“quien diseñó el RIF dio término al problema "humano" que afectaba al Régimen
de Pequeños Contribuyentes (REPECOS), pero complicó al verdadero
contribuyente pequeño que al final……significará al SAT . mayor gasto que
beneficio económico.
Abstract
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1 Artículo Publicado en el Boletín Jurídico Año 38 numero 455 Despacho Emilio
Margáin y Asociados enero 2016 y por su importancia y vigencia se reproduce
con autorización del Autor
2 Distinguido Catedrático Emérito de Derecho Fiscal y Administrativo de la
Universidad Nacional Autónoma de México y de otras Universidades Públicas y
Privadas del País y del extranjero. Doctor Honoris causa por CENIJUR Centro de
Investigación Jurídica Puebla. Reconocido Profesional de los Foros Jurídicos
Nacionales y Locales en el ámbito Administrativo y Fiscal. Autor de mas de 20
obras en la materia actualizadas cada año, tales como: ”Introducción al Estudio
del Derecho Tributario”, “Introducción al Estudio del Derecho Administrativo, “De lo
Contencioso Administrativo de Anulación o de Ilegitimidad, Política Fiscal,
Recursos Administrativos entre otras. ”Distinguido Miembro Invitado de la
Academia de Derecho Administrativo” a partir de la entrada en vigor(1991) de la
Ley 4 que regula orgánicamente la vida académica de la Universidad de Sonora.
BIOLEX'Revista'Jurídica'del'Departamento'de'Derecho'UNISON'URC'
Academia'de'Derecho'Administrativo'
'Tercera'Época'Año'8,'No.15,'Julio'Diciembre'de'2016'
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The document explains the Tax Incorporation Regime (RIF) which according to
the SAT aims to bring together in a single body to taxpayers with related
characteristics with the objective that after a certain period will be incorporated into
the general scheme of the Income Tax Act, and concluded that "who designed the
RIF, extinguished the (REPECOS) "human" problem, but affecting to the really
small taxpayer that at the end……it will mean higher expenditure more than
economic benefit to the SAT.
Introducción
¿Qué significa Régimen de Incorporación Fiscal? Entre las acepciones que nos
da el Diccionario de la Lengua Española se encuentra:
“Pretensión de incluir en un cuerpo a personas que tienen una finalidad u objetivo
similar”. Por lo tanto, Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) tiene como finalidad
reunir en un solo cuerpo a contribuyentes personas físicas que se dedican a
enajenar bienes o prestar servicios con las limitaciones en ingresos que la ley
señala, esto es, juntar en un solo cuerpo a contribuyentes con características
afines con el objetivo de que transcurrido cierto plazo se incorporen al régimen
A partir de la vigencia de la presente Ley del Impuesto sobre la Renta, 1o. de
enero de 2014, se creó la Sección II intitulada Régimen de Incorporación Fiscal,
del Capítulo II De los Ingresos por Actividades Empresariales y
Profesionales del Título IV De las Personas Físicas, mediante la cual el
Servicio de Administración Tributaria recogió el control de los llamados pequeños
contribuyentes (REPECOS) que el fisco federal había entregado a las entidades
federativas y al Gobierno de la Ciudad de México, Distrito Federal, para su
administración y recaudación del impuesto sobre la renta a cargo de las personas
físicas con ingresos anuales por la enajenación de bienes o prestación de
servicios que perciben; sistema que surgió durante la labor de regularización que
llevó a cabo la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito

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