Régimen de incorporación fiscal

AutorJosé Pérez Chávez/Raymundo Fol Olguín
Cargo del AutorContador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM)/Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN)
Páginas281-295

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Régimendeincorporaciónfiscal

REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL

˚1. Contabilidad simplificada


De con for mi dad con el ar tícu lo 112, frac ción III, de la Ley del ISR, las per so nas fí si cas que tributanenelrégimendeincorporaciónfiscal,deberánregistrarenlosmedios osistemas elec tró ni cos a que se re fie re el ar tícu lo 28 del CFF, los ru bros si guien tes del ejer ci cio co rres -pondiente:

1. Ingresos.

2. Egresos.

3. Inversiones.

4. Deducciones.

Al res pec to, la frac ción III del ar tícu lo 28 del CFF es ta ble ce que los re gis tros o asien tos que integran lacontabilidadsellevaránenmedioselectrónicosconforme loestablezcanelReglamentodelCFFylasdisposicionesdecaráctergeneral(reglasmisceláneas)que emitael SAT.Ladocumentacióncomprobatoriadedichosregistrosoasientosdeberáestardisponibleeneldomicilio fiscaldelcontribuyente.

Laregla2.8.1.5delaResoluciónMisceláneaFiscalindicaque laspersonasfísicasdelrégimendeincorporación fiscaldeberáningresaralaaplicaciónelectrónica“Miscuentas”,dispo ni ble a tra vés del Por tal del SAT, pa ra lo cual de be rán uti li zar su cla ve en el RFC y Contraseña.

Unavezquesehayaingresadoalaaplicación,loscontribuyentescapturaránlosdatoscorres pon dien tes a sus in gre sos y gas tos. Los in gre sos y gas tos am pa ra dos por un CFDI, se consideraránregistradosdeformaautomáticaenlacitadaaplicación,porloque únicamentedeberáncapturarseaquellosquenoseencuentrensustentadosendichoscomprobantes.

Endichaaplicaciónpodránconsultarsetantolarelacióndeingresosygastoscapturados, comoloscomprobantesfiscalesemitidosporesteyotrosmedios.

De acuer do con la re gla 2.8.1.6 de la Re so lu ción Mis ce lá nea Fis cal, no es tán obli ga dos a lle -varcontabilidadensistemaselectrónicosconlacapacidaddegenerararchivosenformato XML,entreotros contribuyentes, laspersonas físicasquetributenenelrégimendeincorporaciónfiscal,que registrensusoperacionesenelmódulodecontabilidaddelaherramienta electrónica“Miscuentas”.

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Beneficiosfiscales

˚2. Opción de expedir CFDI a través de “Mis cuentas” Deconformidadconlaregla2.7.1.21delaResoluciónMisceláneaFiscal,loscontribuyentes que uti li cen “Mis cuen tas”, es de cir, en tre otras per so nas fí si cas, aque llas que tri bu ten en el ré gi men de incorporaciónfiscal,podránexpedirCFDIatravésdedichaaplicación,utilizandolaContraseña del con tri bu yen te, a los cua les se les in cor po ra rá el se llo di gi tal del SAT, el cual ha rá las ve ces del sellodelcontribuyente emisoryseránválidosparadeduciryacreditarfiscalmente.

LosCFDIexpedidosatravésdelamencionadaherramienta,podránimprimirseingresando en el Portal del SAT, en la op ción “Fac tu ra Elec tró ni ca”. De igual for ma, los con tri bu yen tes po drán im pri mir den tro de “Mis cuen tas”, los da tos de los CFDI ge ne ra dos a través de la mis ma apli ca ción, lo cual ha rá las ve ces de la re pre sen ta ción im pre sa del CFDI.

Asi mis mo, los con tri bu yen tes a quie nes se ex pi dan CFDI a tra vés de “Mis cuen tas”, ob ten -drán el ar chi vo XML en el Por tal del SAT, el cual es ta rá dis po ni ble en la op ción “Fac tu ra Elec tró ni ca”, por lo que los emi so res de ta les CFDI no se en con tra rán obli ga dos a en tre gar materialmente dichoarchivo.

Los con tri bu yen tes que no emi tan los CFDI a tra vés de “Mis cuen tas”, po drán ex pe dir los CFDIatravésdel“ServiciodeGeneracióndeFacturaElectrónica(CFDI)ofrecidoporel SAT”, o bien, a tra vés de un pro vee dor de cer ti fi ca ción de CFDI.

A los con tri bu yen tes que ejer zan la op ción en ci ta, cuan do se ubi quen en cual quie ra de los supuestos queenseguidaseenumeran,lesserárestringido laemisióndeCFDIconformeal procedimientoqueseestableceenlaregla2.2.4delaResoluciónMisceláneaFiscal(procedimientoparadejarsinefectoselcertificadodesellodigitaldeloscontribuyentes,restringir elusodelcertificadodee.firmaoelmecanismoqueutilizanlaspersonasfísicasparaefectos delaexpedicióndeCFDIyprocedimientoparadesvirtuar osubsanar lasirregularidades detectadas),considerándosequesedejasinefectoselcertificadodesellodigital,ynopodrán so li ci tar cer ti fi ca dos de se llo di gi tal, ni ejer cer la op ción a que se re fie re la re gla 2.2.8 delacitadaresolución(facilidadparaque laspersonasfísicasexpidanCFDIcone.firma),o algunaotraopciónparalaexpedicióndeCFDIestablecidamediante reglasdecaráctergeneral(reglasmisceláneas),entantonodesvirtúenosubsanenlasirregularidadesdetectadas.

De acuer do con la frac ción X del ar tícu lo 17-H del CFF, los cer ti fi ca dos que emi ta el SAT quedaránsinefectoscuandolasautoridadesfiscales:

1. Detectenqueloscontribuyentes, enunmismoejercicio yestandoobligados aello, omitanlapresentacióndetresomásdeclaracionesperiódicasconsecutivasoseisno consecutivas,previo requerimientodelaautoridadparasucumplimiento.

2. Duranteelprocedimientoadministrativodeejecuciónnolocalicenalcontribuyenteo éstedesaparezca.

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3. Enelejercicio desusfacultadesdecomprobación,detectenqueelcontribuyenteno puedeserlocalizado;éstedesaparezcaduranteelprocedimiento, obien,setengaconocimientodequeloscomprobantesfiscalesemitidosseutilizaronparaamparar operacionesinexistentes,simuladasoilícitas.

4. Aun sin ejer cer sus fa cul ta des de com pro ba ción, de tec ten la exis ten cia de una o más in frac cio nes pre vis tas en los ar tícu los 79, 81 y 83 del CFF, y la con duc ta sea rea li za da porelcontribuyentetitulardelcertificado.

˚3.Flujodeefectivoparaacumulacióndeingresos
De con for mi dad con los pá rra fos sexto y décimo del ar tícu lo 111 de la Ley del ISR, pa ra de -terminarelISRbimestral,loscontribuyentesquetributenenelrégimendeincorporación fiscalacumularánlosingresoscuando secobrenefectivamente,yasenenefectivo,enbienes o en ser vi cios.

˚4. Deducción total de inversiones en el bimestre
Se gún el décimo pá rra fo del ar tícu lo 111 de la Ley del ISR,laspersonasfísicasdelrégimende incorporación fiscal,enlugardeaplicarladeduccióndelasinversionesefectuadas,conforme alporcientomáximoautorizado,deducirán laserogacionesefectivamenterealizadasenel ejercicioparalaadquisicióndeactivosfijos,gastosocargosdiferidos.

Se gún la frac ción V del ar tícu lo no ve no de las DTLISR2014, los con tri bu yen tes que con an -te rio ri dad al 1o. de ene ro de 2014, hu bie sen efec tua do in ver sio nes en los tér mi nos del ar -tícu lo 38 de la Ley del ISR vi gen te has ta el 31/XII/2013, que no hu bie sen si do de du ci das en sutotalidadconanterioridadaesafecha,aplicaránladeduccióndedichasinversionesconfor me a la sec ción II del capí tu lo II del títu lo II de la Ley del ISR, de no mi na do “De las Inver -sio nes”, úni ca men te so bre el sal do que con for me a la Ley del ISR vi gen te has ta el 31/XII/2013seencuentrependientepordeducir,yconsiderandocomomontooriginaldela inversiónelquecorrespondió enlostérminos deestaúltimaley.

Pa ra una ma yor com pren sión de lo men cio na do en el pri mer pá rra fo de es te numeral, a continuaciónsepresentaelcaso prácticosiguiente:

CASO PRACTICO

Una personafísicadelrégimendeincorporaciónfiscal,deseadeterminarelmontodeducibleenel quintobimestredelejercicio de2017,deunamaquinariaadquiridaendichobimestre.

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Beneficiosfiscales

DATOS

q Monto original de la inversión de la maquinaria $30,000

q Monto de los pagos efectivamente realizados en el quinto
bimestre del ejercicio de 2017 por la adquisición
de la maquinaria $22,000

DESARROLLO

De ter mi na ción del mon to de du ci ble en el quin to bi mes tre del ejer ci cio de 2017, de la ma -quinariaadquiridaendichobimestre.

Monto deducible en el quinto bimestre del ejercicio
de 2017, de la maquinaria adquirida en dicho bimestre $22,000

Nota:

Ca be se ña lar que la di fe ren cia en tre el mon to ori gi nal de la in ver sión de la ma qui na ria ($30,000) y el mon to de du ci do en el quin to bi mes tre del ejer ci cio de 2017 por la mis ma ($22,000), es de cir, la can ti -dad de ($8,000) se po drá de du cir en el bimestre si guien te, siem pre y cuan do di cho im por te sea efec ti...

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