El régimen fiscal de los HIDROCARBUROS

AutorRicardo Salgado Perrilliat
Páginas28-37

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POSICIONES

Ricardo Salgado Perrilliat*

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Twitter: @rsperrilliat Ilustración: Edu Molina

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El régimen fIscal de los

HIDROCARBUROS

En el marco de la reforma energética impulsada por el gobierno federal, es necesario echar un vistazo al tratamiento de los hidrocarburos, principalmente en lo que hace a la inversión en este sector, ya que la posibilidad de que la iniciativa privada participe en la exploración y extracción de los mismos impacta en el tratamiento Ƥscal de esta actividadǤ

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L a reforma energética introduce una transformación en la industria petrolera mexicana y en las actividades del sistema eléctrico nacional para elevar su productividad e incrementar la calidad de sus servicios en beneficio de las familias mexicanas. Esto pretende traducirse en un impulso adicional al crecimiento económico de México, en una mayor disponibilidad de petróleo, gas natural y sus derivados, así como en un servicio eléctrico público de mejor calidad, con mayor cobertura y precios más competitivos.

Por un lado, en relación con las actividades petroleras, la reforma abre el sector a la competencia para atraer inversiones que permitan ampliar la producción de hidrocarburos del país, conservando la propiedad de la nación sobre estos recursos. Para lograrlo, se diseñó un modelo contractual flexible mediante el cual Petróleos Mexicanos (Pemex) y otras empresas podrán participar en la exploración y extracción de petróleo y gas natural. Para que compita con éxito, se dotó a Pemex de una nueva estructura de gobierno, de autonomía técnica y de gestión, así como de un esquema fiscal menos estricto que le permitirá destinar más recursos a su desarrollo sin dejar de ser una empresa propiedad de los mexicanos (Presidencia, Reformas en Acción, 2015).

Con la reforma energética aprobada por el Congreso de la Unión se da un gran paso que en principio no privatiza las empresas públicas dedicadas a los hidrocarburos y a la electricidad, dejando aún la rectoría en manos del Estado en esta materia, es decir, se advierte que los hidrocarburos que se encuentran en el subsuelo seguirán siendo de la nación.

Por su parte, Pemex y la Comisión Federal de Electricidad (CFE) son dotados de mayor autonomía y de un nuevo carácter como empresas productivas del Estado, 100 por ciento públicas y 100 por ciento mexicanas.

De acuerdo con la explicación oficial de la reforma, ésta tiene los siguientes objetivos:
Mantener la propiedad de la nación sobre los hidrocarburos que se encuentran en el subsuelo.

Modernizar y fortalecer, sin privatizar, a Pemex y a la Comisión Federal de Electricidad como empresas productivas del Estado 100 por ciento mexicanas.

Reducir la exposición del país a los riesgos financieros, geológicos y ambientales en las actividades de exploración y extracción de petróleo y gas.

Permitir que la nación ejerza, de manera exclusiva, la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, en beneficio de un sistema competitivo que permita reducir los precios de la luz.

Atraer mayor inversión al sector energético mexicano para impulsar el desarrollo del país.


Contar con un mayor abasto de energéticos a mejores precios.

Garantizar estándares internacionales de eficiencia, calidad y confiabilidad de suministro, transparencia y rendición de cuentas.

Combatir de manera efectiva la corrupción en el sector energético.

Fortalecer la administración de los ingresos petroleros e impulsar el ahorro de largo plazo en beneficio de las generaciones futuras.

Impulsar el desarrollo con responsabilidad social
y proteger el medio ambiente (Presidencia, Reforma Energética, 2015).

Como resultado del debate, la reforma constitucional

en materia energética establece, en su artículo 27, que, tratándose de petróleo e hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos que se encuentren en el subsuelo, la propiedad de la nación es inalienable e imprescriptible, y en su artículo 28 reafirma que la exploración y la extracción de petróleo y gas natural son actividades estratégicas para el país. Consecuentemente, la reforma mantiene la prohibición de otorgar concesiones para la explotación de los hidrocarburos de la nación.

Con el fin de incrementar la capacidad de inversión del Estado en las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, la reforma establece la posibilidad de que la nación otorgue asignaciones o contratos a Pemex y también incorpora la posibilidad de otorgar contratos a empresas privadas, por sí solas, en asociación
con Pemex. Se trata de un cambio que hacer producir yacimientos de hidrocarburos que en la actualidad se encuentran ociosos por falta de inversión, de capacidad de ejecución y de tecnología.

Otro beneficio que se prevé con la reforma energética es alcanzar tasas de restitución de hidrocarburos al 100 por ciento. Es decir, que por cada barril de petróleo y por cada molécula de gas que se extraiga se tendrá un barril nuevo o una molécula lista para producir.

Con la reforma energética se incorpora una práctica internacional conocida como “Ronda Cero”, que tiene
el propósito de dar a Pemex preferencia sobre cualquier otra empresa en la definición de su cartera de proyectos. Así, Pemex se fortalece y mantiene su papel estratégico en la industria petrolera nacional median-te la “Ronda Cero”. Pemex recibirá las asignaciones de aquellos campos en producción y de aquellas áreas
en exploración que tengan interés en operar y donde demuestre tener capacidad técnica, financiera y de ejecución para desarrollarlos en forma eficiente y competitiva, garantizando que tendrá las mejores condiciones para generar valor.

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Pemex podrá proponer a la Secretaría de Energía la migración de sus asignaciones a contratos, mismos que contemplarán condiciones fiscales específicas acordes con las características de cada campo petrolero. Como parte del proceso de migración de asignaciones, Pemex podrá asociarse con terceros a través de contratos, y con ello aumentar su capacidad de inversión, reducir su exposición al riesgo y asimilar nuevas tecnologías.

La reforma constitucional establece que las leyes secundarias regularán los tipos de contratos que el Estado podrá utilizar, con el objetivo de obtener ingresos que contribuyan al desarrollo de largo plazo de la nación. Estos contratos serán, entre otros, de servicios, de utilidad o de producción compartida o de licencia. En todos los casos, el gobierno de la República podrá elegir el tipo de contrato que más convenga al país, dependiendo de las características y las ventajas de cada yacimiento (Presidencia, Reforma Energética, 2015).

Ahora bien, por lo que hace a los contratos para la exploración y la extracción de la materia, se advierte que para el proceso de diseño, otorgamiento, opera-ción y administración de los contratos se propone un esquema de pesos y contrapesos que contempla la participación de la Secretaría de Energía, la Secretaría de Hacienda y Crédito...

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