Reforma Laboral 2010, Aspectos Sobresalientes
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ComentarioGeneral
La iniciativa o cial de Reforma Laboral que fue presen-
tada al Congreso de la Unión por un grupo de dipu-
tados y senadores del Partido Acción Nacional (PAN)
para reformar la Ley Federal de Trabajo (LFT), es un
documento que propone una dosis de exibilización a
ciertas normas que di cultan o entorpecen la creación
de empleos, sobre todo para los recién egresados de
las universidades así como una mayor libertad y de-
mocracia sindical y al mismo tiempo actualiza algunas
disposiciones rebasadas por la realidad y la tecnología,
como el pago del salario en moneda de curso legal,
cuando hoy, la mayor parte de los patrones lo hace a
través de nómina electrónica; también recoge algunos
reclamos muy justi cados, como los excesos come-
tidos contra los trabajadores a través de la gura de
la subcontratación (outsourcing) o el acoso y hostiga-
miento sexual en el trabajo y nalmente procura esta-
blecer plazos más cortos a procedimientos legales que
podían prolongarse demasiado en el tiempo, o topes a
cantidades que faciliten el arreglo entre las partes en
con icto.
Más allá de ideologías, consideramos que la iniciativa
presentada, debe revisarse, complementarse, mejorar-
se, corregirse donde sea necesario y enriquecerse con
otros puntos de vista, para que sea aprobada, ya que
es una reforma que le hace falta al país.
A continuación le ofrecemos un resumen de los puntos
más sobresalientes que propone modi car la reforma
en comento.
Promover la equidad de género,la no discrimina-
ciónylaproteccióndederechos
Se establece en el ART-2º el concepto de trabajo de-
cente en el que se respeta la dignidad humana, no
existe discriminación por razón de género, preferencia
sexual, discapacidad, raza o religión, se tiene acceso
a la seguridad social y se percibe un salario remune-
rador; se recibe capacitación continua y se cuenta con
condiciones óptimas de seguridad e higiene.
Este concepto debe incluir también, el irrestricto respe-
to a los derechos colectivos de los trabajadores, tales
como la libertad de asociación; autonomía y democra-
cia sindical así como el derecho de huelga y de contra-
tación colectiva.
Responsabilidadsolidariaporlacontrataciónatra-
vésdeintermediarios
Se precisa en el ART-13, que los patrones que utilicen
en su empresa los servicios de trabajadores proporcio-
nados por un intermediario, serán responsables solida-
rios en las obligaciones contraídas con aquellos.
Incorporan 4 artículos a la LFT, del 15-A al 15-D, para
regular la gura de la subcontratación (outsourcing),
estableciendo una de nición del concepto, la obligato-
riedad de que el contrato se celebre por escrito y la
obligación para el contratante, de cerciorarse perma-
nentemente que la empresa contratista o subcontratis-
ta cuenta con los elementos propios su cientes para
cumplir con las obligaciones que tiene para con sus tra-
bajadores y de que además, se cumplen con las dispo-
siciones aplicables en materia de seguridad e higiene.
Se modi ca también el ART-16 para hacer extensivo
el bene cio de la PTU a los trabajadores contratados a
través de la gura de la subcontratación.
Prohibición a contratar a trabajadores menores a
16añossinestudiosbásicos
Que no hubieran terminado su educación básica obli-
gatoria (secundaria).
Nuevasmodalidadesdecontratación
A través de diversos artículos de la iniciativa, se permi-
te ahora la contratación por:
a)
Por día, semana o temporada: Por la duración de
ésta, es decir, hasta la terminación de la temporada
(ARTS-39-F y 42),
b)
Capacitación inicial: Hasta de 6 meses (ART-39-B).
c)
Sujeta a un período de prueba: Hasta de 180 días
(ART-39-A).
Exigiéndose que en estos casos, el contrato se haga
constar por escrito y precisándose a través del ART-
39-D que los plazos son improrrogables y no podrán
aplicarse al mismo trabajador periodos de prueba y
posteriormente de capacitación.
Causalesnuevasderescisiónparaelpatrón
Se incluyen (ART-47):
a)
Las faltas graves a los clientes de patrón.
b)
El hostigamiento o acoso sexual, y
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