La Reforma Electoral de 1996

AutorDip. Yadhria Yvette Tamayo Herrera - Lic. Carlos Alberto Flores Gutiérrez
Páginas65-66
65
CAPÍTULO IV
LA REFORMA ELECTORAL DE 1996
Como consecuencia del proceso electoral de 1994, que resultó ser uno
de los más accidentados en t oda la historia del México moderno, surge
la reforma realizada el 22 de ag osto de 1996 a la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, misma que constituyó uno de los
mayores avances en materia electoral. Entre las principales
características de esta reforma innovadora tenemos las siguientes:
Se establece que la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá
conocer sobre casos en que se legisle en materia electoral cuando
contravengan disposiciones constitucionales.
Se modifica la estructura del Poder Judicial de la Federación
estableciendo un Tribunal Electoral como órgano especializado en la
materia, siendo éste (después de la Suprema Corte de Justicia de
Nación, en relación al artículo 105, fracción II), la máxima autoridad
jurisdiccional en la materia, siendo sus decisiones definitivas e
inapelables.
Se refuerzan las garantías de seguridad jurídica en relación a la
materia electoral al establecer que;
a) Es atacable todo acto o resolución de cualquier autoridad electoral
federal que viole los principios de la constitucionalidad y la legalidad;
todo acto interproceso o intraproceso que no se ajuste a dichos
principios, es impugnable por la vía administrativa y por la vía judicial,
según sea el caso.
b) El proceso de heterocalificación electoral se perfecciona, los
organismos electorales califican la elección; en caso de ser impugnada,
resuelve en última instancia, de man era definitiva e inapelable, el
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
c) Son perfeccionados los derechos político electorales en un catálogo
reducido y se protegen de manera constitucional y legal.
d) Es creado un sistema federal electoral en cuanto a la impartición de
la Justicia Electoral, en virtud de que los Entes Federados deben
establecer un sistema electoral conforme a los principios
constitucionales; además, si sus autoridades administrativas o
jurisdiccionales electorales violentan algún principio de la Constitución
de la República, entonces podrán ser impugnados dichos act os o
resoluciones ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación, el cual resolverá de manera definitiva e inatacable.

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