Reforma fiscal para 2005 y sus efectos en ejercicios posteriores

PáginasA30-A34

Para continuar con el análisis de las modificaciones dadas a conocer en el DOF del pasado 1o. de diciembre, en el Decreto por el que se reforman, adicionan, derogan y establecen diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley del Impuesto al Activo y establecen los Subsidios para el Empleo y para la Nivelación del Ingreso, en esta edición se incluyen los casos prácticos más representativos de algunas disposiciones que entrarán en vigor a partir del 1o. de enero de 2006.

Ley del Impuesto sobre la Renta
Caso 1 Determinación del impuesto anual de 2006, de una persona moral que tributa en el régimen general de la Ley del ISR

PLANTEAMIENTO

Una persona moral que tributa en el régimen general de la Ley del ISR desea determinar el ISR anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2006.

DATOS

Del ejercicio fiscal de 2006

* Ingresos acumulables $10'458,200

* Deducciones autorizadas $6'310,400

* Participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas (PTU) pagada en el ejercicio, en términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) $798,500

* Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de amortizar (actualizadas) $342,800

* Pagos provisionales efectuados durante el ejercicio $502,640

* ISR retenido por intereses $9,620

DESARROLLO

  1. Determinación del resultado fiscal.

    Ingresos acumulables $10'458,200

    (-) Deducciones autorizadas 6'310,400

    (-) PTU pagada en el ejercicio, en términos del artículo 123 de la CPEUM1 798,500

    (=) Utilidad fiscal $3'349,300

    (-) Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de amortizar (actualizadas) 342,800

    (=) Resultado fiscal $3'006,500

  2. Determinación del impuesto del ejercicio.

    Resultado fiscal $3'006,500

    (x) Tasa de impuesto2 29%

    (=) ISR del ejercicio $871,885

    (-) Pagos provisionales efectuados durante el ejercicio 502,640

    (-) ISR retenido por intereses 9,620

    (=) ISR por pagar $359,625

    COMENTARIO

    Se ilustró la mecánica para que las personas morales que tributen en el régimen general de la Ley del ISR determinen el impuesto del ejercicio fiscal de 2006; al respecto, en este caso práctico se consideró que para determinar la utilidad fiscal se deberá disminuir el monto de la PTU pagada a los trabajadores conforme al artículo 123 de la CPEUM; no obstante, la autoridad fiscal tendrá que aclarar si la disminución de la PTU se deberá reflejar en la utilidad fiscal del ejercicio.

    FUNDAMENTO

    Artículos 10 y tercero, fracción II, primer párrafo, de las disposiciones transitorias de la Ley del ISR para 2005.

Caso 2 Pago provisional de ISR, de enero de 2006, de una persona que tributa en el régimen intermedio con actividades empresariales

PLANTEAMIENTO

Una persona física que se dedica a enajenar mobiliario y equipo de oficina y que tributa en el régimen intermedio con actividades empresariales de la Ley del ISR, desea determinar el pago provisional de ISR correspondiente a enero de 2006.

DATOS

* Ingresos acumulables del 1o. al 31 de enero de 2006 $415,780.00

* Deducciones autorizadas del 1o. al 31 de enero de 2006 $275,515.00

* PTU pagada en el ejercicio $0.00

* Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de amortizar, actualizadas $35,145.00

* Exclusión general $6,333.33

* Pagos provisionales efectuados con anterioridad $0.00

* Retenciones por intereses efectuadas en el periodo $470.00

DESARROLLO

  1. Determinación de la exclusión general del periodo.3

    Exclusión general mensual $6,333.33

    (x) Número de meses del pago provisional 1

    (=) Exclusión general del periodo $6,333.33

  2. Determinación de la base del pago provisional de ISR correspondiente a enero de 2006.

    Ingresos acumulables del 1o. al 31 de enero de 2006 $415,780.00

    (-) Deducciones autorizadas del 1o. al 31...

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