Reflexiones en materia de movilidad: caso uber

AutorMariana González Hernández
CargoEgresada de la Facultad de Derecho de la Universidad Anáhuac México
Páginas257-269
257
IurIs TanTum no. 27 2016-2017
REFLEXIONES EN MATERIA DE MOVILIDAD:
CASO UBER
mariana gonzález hernánDez*
EL NUEVO PROBLEMA DERIVADO DEL USO DE LA TECNOLOGÍA
El creciente auge de la tecnología ha tenido como consecuencia el surgimiento
de nuevos negocios que satisfacen las necesidades de la población. Tal es el caso de
personas morales como UBER o Cabify que, gracias a la tecnología y el uso de la
geolocalización, por medio de una aplicación conectan a las personas que nece-
siten transportarse con las personas que pueden prestarles ese servicio, mismas
que son conocidas como Empresas de Redes de Transporte (ERT).1
Sin embargo, lo que en principio podría parecer una solución al problema
de la inseguridad e ineciencia del servicio de transporte urbano y una mejora
en la movilidad de las personas, ha generado diversas controversias ya que, al
menos en nuestro país, las instituciones jurídicas no se han desarrollado con la
misma rapidez que la tecnología. Por lo tanto, todos estos nuevos fenómenos no
se encuentran asimilados por el mundo del derecho y son situaciones que no se
encuentran previstas en la ley y carecen de un adecuado marco jurídico, en gran
parte del territorio nacional. Aunado a lo anterior, existe un desconocimiento
generalizado de la naturaleza jurídica de las empresas que prestan servicios tec-
nológicos. Por ello, si no se logra entender el objeto de estas innovadoras perso-
nas morales, muy difícilmente puede proporcionarse el marco legal adecuado
para la regulación de sus actividades.
En ese contexto, en diversos estados de la República Mexicana han surgido
distintos problemas políticos y jurídicos, como por ejemplo que a nivel local se
emita una regulación para las personas morales que operan aplicaciones para la
contratación del servicio de transporte privado con chofer, actualmente la natura-
leza jurídica de las ERT no están denidas en ley y continúan las discusiones
pertinentes al marco jurídico al que deben sujetarse.
Un claro ejemplo de lo anterior, es el caso actual del Estado de Yucatán,
cuya Cámara de Diputados, promovió la acción de inconstitucionalidad, radicada
* Egresada de la Facultad de Derecho de la Universidad Anáhuac México.
1 Dicho nombre fue utilizado por la Comisión Federal de Competencia Económica, misma que en lo sucesivo
será referida como la COFECE.

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