Recurso de Amparo protector de las garantías individuales

Páginas317-325
Señores diputados:
Cuando me cupo la honra de
venir a este Congreso Constituyente,
me hice el firme propósito de no
hacer discursos con argumentos
sentimentales; me hice el firme
propósito de hablar directamente a
la razón, de ser breve en mis palabras
y lo más conciso en mis conceptos,
siguiendo el viejo consejo que nos
dejó el libro segundo, que muchos de
nosotros alcanzamos a leer: “Habla
poco, di verdades, etcétera”.
En tal virtud, habéis podido ver que
jamás he venido a hacer mociones
que hieran vuestros sentimientos, en
un sentido o en otro; y voy a procurar
ratificar los deseos del ciudadano
diputado Calderón, que entiendo son
los deseos de toda la Asamblea, para
exponer claramente mi opinión sobre
el particular.
Debo advertir, señores diputados, que
cuando el ciudadano general Múgica
hizo una moción, proponiendo que
los abogados que tenemos la honra
de formar parte de este Congreso
nos reuniéramos para discutir el
funcionamiento del Poder Judicial,
vi en ese procedimiento algo
inconveniente por lo que se refiere
a la soberanía de la Asamblea y a su
derecho de ser el único juez, el único
soberano en la aprobación de los
artículos; pero vi un procedimiento
Recurso de Amparo protector de
las garantías individuales
Discurso pronunciado por el C. Fernando Lizardi en las 55a. y 56a. sesiones
ordinarias, celebradas los días 22 y 23 de enero de 1917.
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