¿Qué ha ocurrido?

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¿Qué฀ha฀ocurrido?...
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Tips Fiscales
EN฀MATERIA฀FISCAL
Declaratoria de IVA
Mediante publicación en el la página electrónica del
Servicio de Administración Tributaria (SAT) el 9 de
febrero pasado se dio a conocer el Modelo de Decla-
ratoria de Devolución de saldos a favor del Impuesto
al Valor Agregado, ello para acompañar a la solicitud
de devolución de saldos a favor del IVA. Consta del
modelo en sí y un instructivo de llenado.
Lo anterior es derivado de las diversas modicaciones
que en este sentido reejó el Nuevo Reglamento del
Código Fiscal de la Federación.
Entre otros elementos que podemos destacar en este
espacio comentamos el relativo al Punto 62, mismo
que sostiene que el contador público registrado debe-
rá proporcionar, un listado con datos de los 20 princi-
pales proveedores del mes al que corresponde la de-
claratoria, indicando los siguientes datos de cada uno
de los proveedores: Registro Federal de Contribuyen-
tes; nombre, denominación o razón social; indicar con
la letra A si se trata de adquisición de bienes, con la
letra G si se trata de gastos o con la letra I tratándo-
se de Inversiones; y el importe de las operaciones (sin
incluir el Impuesto al Valor Agregado), monto del Im-
puesto al Valor Agregado causado y el importe total.
Anteproyecto de Cuarta Resolución de Modica-
ciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2009
En la misma página electrónica con fecha del 4 de fe-
brero del presente, se publicó este anteproyecto rela-
tivo a la Devolución o compensación del IVA por una
institución duciaria.
Esta última, de acuerdo con el documento materia de
este comentario, podrá presentar por cuenta de las
personas que realicen actividades por las que se deba
pagar el IVA a través de un deicomiso, la solicitud de
devolución o el aviso de compensación, en ambos ca-
sos del IVA, en el módulo de servicios tributarios de la
ALSC que corresponda al domicilio scal del contrato
de deicomiso de que se trate, siempre que haya ins-
crito en el RFC a dicho deicomiso y acompañe a su
solicitud o aviso, un escrito mediante el cual manies-
te expresamente su voluntad de asumir la responsa-
bilidad solidaria por el IVA que se deba pagar con
motivo de las actividades realizadas a través del
deicomiso de que se trate.
Nueva versión del Programa para el Servicio de
Declaraciones y Pagos
En el sitio comentado se publicó con fecha 2 de fe-
brero de presente el aviso de modicaciones a este
servicio, mismas que entraron en operación a partir de
febrero 2010
Cabe anotar que aplica sólo a los contribuyentes lista-
dos en el Calendario del SAT, (hasta la fecha única-
mente los grandes contribuyentes y el sector gobierno,
pero eventualmente estará dirigido a todos los sujetos
obligados por la Ley).
Entre otras modicaciones destacamos:
Se incorporó como periodicidad del ejercicio a los si-
guientes conceptos:
ISR Retenciones por salarios.
ISR Retenciones por asimilado a salarios.
Impuesto a los depósitos en efectivo.
Se incorporaron dos campos en la sección: Detalle de
Compensaciones:
Tipo de declaración.
Número de Operación.
Se incorporó un concepto en la sección: Detalle de
Otros Estímulos:
Acreditamientos por contraprestaciones de institucio-
nes nancieras.
Se incorporaron dos campos, de acuerdo al Decreto
del 26 de noviembre de 2006:
Estímulo Fiscal por Deducción Inmediata.
Estímulo Fiscal por PTU.
Se incorporaron tres columnas y campos adicionales
conforme al Listado de conceptos IETU 2010.
Se incorporaron dentro de la sección: Determinación
del Impuesto al Valor Agregado:
Valor de los actos o actividades gravados con motivo
de la variación de las tasas para 2010.
Procedimiento Contencioso Administrativo
El 28 de enero de 2010 se publicó en el Diario Ocial
de la Federación (DOF) el Decreto por el que se refor-
El propósito de la reforma es exibilizar el nombramien-
to de representantes en materia de noticaciones, pro-
mociones de trámite, pruebas, alegatos y recursos.
Es decir, los particulares o sus representantes podrán
autorizar por escrito a licenciado en derecho que a su
nombre reciba noticaciones. La persona así autoriza-
da podrá hacer promociones de trámite, rendir prue-
bas, presentar alegatos e interponer recursos. Las au-
toridades podrán nombrar delegados para los mismos
nes. Esto es lo que decía la disposición antes de esta
reforma.
Con la modicación en comento, ahora las partes po-
drán autorizar a cualquier persona con capacidad legal
para oír noticaciones e imponerse de los autos. Esta
persona no gozará de las demás facultades mencio-
nadas para los licenciados en derecho.

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