PyFiscus académico

AutorVicente Torre Delgadillo
CargoProfesor investigador de la Facultad de Derecho
Páginas43-45
43
La esencia del derecho en la búsqueda de la virtud
En nuestra primera participación en THEMIS hablamos sobre
la importancia que tiene el pagar impuestos. En esta ocasión
continuaremos describien do y analizando algunos concep-
tos básicos para que entendamos de una forma más sencilla
la materia fiscal. En el número 5 de la revista THEMIS resalta-
mos la importancia del pago de imp uestos, ¿Pero es esta la
única fuente de ingresos fiscales que tiene el Estado? Este es
el tema de nuestra intervención para esta ocasión.
La Ley de Ingresos de la Federación1 emitida cada año por el
Poder Legislativo es el instrumento normativo a través del cual
se determinan las contribuciones que se aplicaran en el ejerci-
cio y que deberán ser suficientes para garantizar los gastos de
la Federación. Ahora bien, ¿qué se entiende por contribución?
Contribución es aquel ingreso fiscal de carácter ordinario del
Estado, cuyo producto tiene por objeto cubrir sus gastos pú-
blicos. También constituye una carga tributaria, de carácter
general y obligatoria que deberá cumplir con los requisitos
de legalidad, proporcionalidad y equidad que señala nuestra
Fuentes de ingresos: El artículo 2° del Código Fiscal de la Fe -
deración (CFF en adelante) señala lo siguiente: Las contribu-
ciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad
social, contribuciones de mejoras y derechos, las que se defi-
nen de la siguiente manera:
• Impuestos son las contribuciones establecidas en ley que
deben pagar las personas físicas y morales que se encuentran
en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma y
que sean distintas de las señaladas en las fr acciones II, III y IV
de este Artículo. Ejemplos: IVA; ISR; IDE; IETU.
• Aportaciones de seguridad social son las contribuciones
establecidas en ley a cargo de personas que son sustituidas
por el Estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por
la ley en materia de seguridad social o a las personas que se
beneficien en forma especial por servicios de seguridad social
proporcionados por el mismo Estado. Ejemplos: Los pagos
que hacen los patrones al IMSS o al INFONAVIT.
• Contribuciones de mejoras son las establecidas en Ley a
cargo de las personas físicas y morales que se beneficien de
manera directa por obras públicas. Ejemplo: Contribución de
mejoras por obras públicas de infraestructura hidráulica.
• Derechos2 son las contribuciones establecidas en Ley por el
uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de
la Nación, así como por recibir servicios que presta el Estado en
sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten
por organismos descentralizados u órganos desconcentrados
cuando en este último caso, se trate de contraprestaciones
fiscus
pyFiscus acamico
Vicente Torre Delgadillo. Profesor investigador de la Facultad de Derecho.

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