Puntos principales. Proyecto de certificación por disciplina en materia de la LFPIORPI

AutorC.P.C. y P.C.FI Silvia Rosa Matus de la Cruz
CargoPresidenta de la Comisión en Prevención de Lavado de Dinero y Anticorrupción del IMCP
Páginas16-18
DOSSIER
16
PUNTOS PRINCIPALES
PROYECTO DE CERTIFICACIÓN POR DISCIPLINA
EN MATERIA DE LA LFPIORPI
El objetivo de la certicación a que se reere este
artículo es el tema del lavado de dinero, como se
le denomina comúnmente, por lo cual, primero,
hay que entender algunos puntos
C.P.C. y P.C.FI Silvia Rosa Matus de la Cruz
Presidenta de la Comisión en Prevención de L avado de Dinero y
Anticorr upción del IMCP
silvia.matus@pkf-mexico.com
¿QUÉ ES EL LAVADO DE DINERO?
La Organización para la Coop eración
y el Desarrollo Económicos (OCDE) y
el Grupo de Acción Fina nciera Inter-
nacional (GAFI) lo defi nen como el
procedimiento mediante el c ual las
organizaciones criminales disfrazan u ocul-
tan el origen ilícito de los ingresos moneta-
rio s prove niente s de su s act os a fi n de ob tener
ganancias para un i ndividuo o grupo.
En otras pa labras, es aparentar que sea dinero
lícito, cuando no lo es, e integrarlo por medio
del sistema financiero. De ac uerdo con esta de-
finición, el objetivo de u n gran número de actos
criminales es generar un beneficio para el indi-
viduo o grupo que llev a a cabo e l acto, y e l lavado
de d iner o es e l proc esa mient o de e stos produ ctos
criminales pa ra disfrazar su origen ilegal.
En la legi slación mexicana, el artículo 400 Bis
del Código Penal Federal tipifica las conductas
de operaciones con recursos de procedencia
ilícita, nombre lega l que se le da al lavado de
dinero.
En nuestro sistem a jurídico, los recu rsos de
procedencia ilícita son aquellos de los que la
autoridad tiene indicios fundados de su dudo-
sa procedencia y el acusado no acredita su legí-
tima procedencia, es de cir, no necesariamente
tie ne que demos trar se la e xist encia de un delit o
previo o que los recursos provengan del narco-
tráfico o de la delincuencia organizada, por lo
que qu edan aba rcados lo s recur sos deriv ados de
delitos del orden fisc al y por actos de corrup-
ción, entre otros.

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